RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2025, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, de concesión de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Obligatoria y Educación Especial, para el curso 2025/2026.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo establecido en el resuelvo decimoctavo de la Resolución de 4 de junio de 2025, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2025/2026 (DOE núm. 111, de 11 de junio),
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas que se especifican en los anexos I y II a esta resolución de concesión, por un importe total de veintidós mil veinte euros (22.020,00 €), los cuales se imputarán con cargo al centro gestor 130090000, posición presupuestaria G/222G/47000, fondo CAG0000001 y programa de financiación 20130082, imputándose en su totalidad a la anualidad 2025 con la siguiente distribución por modalidades:
— Adquisición de material escolar: Mil setecientos cuarenta euros (1.740,00 €).
— Adquisición de libros de texto: Veinte mil doscientos ochenta euros (20.280,00 €).
Segundo. La resolución es un tercer y último acto de concesión.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 24 de noviembre de 2025.
PD, Resolución de la Presidenta de 25/08/2023 (DOE n.º 168, de 31 de agosto),
El Director General del Ente Público Extremeño de Servicio Educativos Complementarios,
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA