EXTRACTO de la Resolución de 17 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de becas y ayudas al alumnado participante en acciones formativas declaradas estratégicas al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 871246
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Se convocan becas por discapacidad y víctimas de violencia de género, así como ayudas de transporte, manutención, alojamiento y manutención y ayudas de conciliación, para personas trabajadoras desempleadas y ocupadas que participen en acciones formativas declaradas estratégicas al amparo del Decreto 121/2021.
Segundo. Beneficiarios.
1. Los alumnos que participen en las acciones formativas declaradas estratégicas y que reúnan los requisitos específicos para acceder a cada una de las modalidades de becas y/o ayuda, y ello con independencia de su condición de personas trabajadoras desempleadas u ocupadas.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones las personas participantes en quienes concurran alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
La Orden de 29 de agosto de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar la formación declarada como estratégica en proyectos empresariales de interés para el empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 171, de 5 de septiembre).
Cuarto. Cuantía total convocatoria.
El importe total de la convocatoria asciende a tres cientos mil euros (300.000,00), con cargo a los créditos del ejercicio 2025 autorizados en la aplicación presupuestaria 14013/G242B/48000, y de acuerdo con el siguiente desglose por proyectos de gasto:
1) FONDO: TE24001002 ; C.PROYECTO: 20220369 ; DENOMINACIÓN: Formación estratégica no conducente a certificados de profesionalidad (CP) en proyectos empresariales de interés para el empleo; CUANTÍAS: Ejercicio 2025:30.000 €; Ejercicio 2026: 70.000 €.
2) FONDO: TE24008001 ; C.PROYECTO: 20220370 ; DENOMINACIÓN: Formación estratégica conducente a certificados de profesionalidad (CP) en proyectos empresariales de interés; CUANTÍAS: Ejercicio 2025:30.000 €; Ejercicio 2026: 70.000 €.
3) FONDO: CAG0000001 ; C.PROYECTO: 20220381 ; DENOMINACIÓN: Formación estratégica no incluida en el Catálogo Nacional de Especialidades formativas; CUANTÍAS: Ejercicio 2025:30.000 €; Ejercicio 2026: 70.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes de becas y ayudas deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización de la acción formativa.
No obstante, en el caso de acciones formativas finalizadas antes de la entrada en vigor de la presente convocatoria, el referido plazo se computará desde el día siguiente a la publicación de la resolución y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
2. En el supuesto de que el alumno abandone el curso por enfermedad o colocación laboral, la solicitud deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la fecha de efectividad de dicho abandono.
Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de Extremadura junto con la convocatoria, en la dirección electrónica https://extremaduratrabaja.juntaex.es , e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Mérida, 17 de noviembre de 2025.
El Secretario General del Servicio Extremeño Público de Empleo,
(PD, Resolución de 14/09/2023 DOE n.º 180 de 19 de septiembre de 2023),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO