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ANUNCIO de 24 de noviembre de 2025 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas en el año 2025 atendiendo al Decreto 161/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el relevo generacional del sector artesano y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024-2025.
DOE Número: 232
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 02 de diciembre de 2025
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Artesanía. Ayudas.
Página Inicio: 65440
Página Fin: 65441
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
En el artículo 19 del citado Decreto, se establece que la convocatoria y las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma. De conformidad con lo dispuesto en el art.17.2, letra c), de la referida Ley 6/2011, no será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas, recogidas en el anexo que se acompaña, destinadas a las ayudas para el relevo generacional del sector artesano de Extremadura, anualidad 2025.
Las subvenciones concedidas por importe total de 150.000,00 €, se imputan a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.470.00 y proyecto de gasto 20230033 denominado Ayudas para el Relevo Generacional del Sector Artesano con código fondo FS21455A07. Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y se encuentran encuadradas en el programa FSE+ Extremadura 2021- 2027, Objetivo político 4 Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales, dentro de la Prioridad 5 Empleo juvenil, Objetivo específico Mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social , con la cofinanciación del 85 % por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
Mérida, 24 de noviembre de 2025. El Secretario General, PD, Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOE n.º 157, de 16 de agosto de 2023), La Secretaria General de Economía, Empresa y Comercio, M.ª SOLEDAD GIRALT BALLESTEROS.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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