RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de concesión de las ayudas destinadas a las personas auxiliares de conversación seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso 2025/2026.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 25 de septiembre de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2025/2026 (DOE núm. 202, de 21 de octubre) y de acuerdo con la propuesta del Servicio de Plurilingüismo, Evaluación, Estadística y Gestión Administrativa Digital,
RESUELVO:
Primero. Conceder las subvenciones destinadas a las personas auxiliares de conversación seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso 2025/2026 que se relacionan en el anexo a la presente resolución que cumplen con todos los requisitos y condiciones establecidos en la convocatoria, por un importe total de seiscientos noventa y ocho mil setecientos dieciséis con cuarenta y cuatro céntimos de euros (698.716,44 €), con la siguiente distribución por anualidades y aplicaciones presupuestarias:
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Año
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Aplicación presupuestaria
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Cuantía
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2025
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130020000/G/222G/48000/CAG0000001/20060137
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259.266,44 €
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2026
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130020000/G/222G/48000/CAG0000001/20060137
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439.450,00 €
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Segundo. La dotación de esta subvención directa es una cantidad mensual en concepto de ayuda para la dieta de manutención y alojamiento de 935 euros por auxiliar de conversación, cuyo horario semanal será de 16 horas. Esta ayuda les será abonada mensualmente, mediante transferencia siempre y cuando cumplan los requisitos y condiciones establecidos en la convocatoria, durante el periodo del curso escolar 2025/2026, desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2026.
Tercero. El plazo y forma de justificación por parte de las personas beneficiarias del cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención es el establecido en el apartado decimosegundo de la Resolución de 25 de septiembre de 2025 (DOE núm. 202, de 21 de octubre) de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2025/2026.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante este órgano o ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, siendo competente esta última, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello, sin perjuicio de que la parte interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 1 de diciembre de 2025.
La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,
PD, Resolución de 6 de noviembre de 2024 (DOE núm. 217, de 7 de noviembre),
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA