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RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Administración Local, por la que se declara aprobada la lista definitiva de personas admitidas para su incorporación a la lista de espera autonómica constituida para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para puestos de Subescala Secretaría-Intervención, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que han superado la II edición del Máster "Gestión Pública en las Administraciones Locales del Siglo XXI" en materia de Administración Local.
DOE Número: 236
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 09 de diciembre de 2025
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Funcionarios de Administración Local.
Página Inicio: 66558
Página Fin: 66560
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de 10 de septiembre de 2025 de la Dirección General de Administración Local (DOE núm. 182, de 22 de septiembre), se establece el procedimiento para la incorporación a la actual lista de espera autonómica para la provisión temporal de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaria Intervención, mediante nombramiento interino, en entidades locales extremeñas, de aquel alumnado que, habiendo finalizado con aprovechamiento óptimo la II edición del Máster Gestión Pública en las Administraciones Locales del Siglo XXI (organizado por la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, Badajoz), objeto del Convenio formalizado el 25 de mayo de 2023 entre la Junta de Extremadura, Diputaciones de Badajoz y Cáceres y la Universidad de Extremadura, soliciten su incorporación a aquella.
Mediante Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Dirección General de Administración Local, se nombra a la Comisión de Valoración y se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos (DOE núm. 207, de 28 de octubre).
Una vez valorados los méritos y fijado el orden de prelación correspondiente de las personas admitidas para participar en la incorporación a la referida lista de espera autonómica, y de conformidad con la base sexta de la referida resolución de 10 de septiembre de 2025, procede dictar resolución declarando aprobada la lista definitiva y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mediante Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, se atribuye, a la Dirección General de Administración Local, entre otras, la competencia sobre el régimen jurídico del personal funcionario de Administración Local con habilitación nacional en las entidades locales extremeñas.
Por tanto, dando cumplimiento a lo establecido en la citada base sexta de la Resolución de 10 de septiembre de 2025, y en el ejercicio de las competencias reglamentariamente establecidas, este órgano directivo,
RESUELVE:
Primero. Declarar aprobada la relación definitiva de personas aspirantes admitidas con el orden de prelación establecido por la Comisión de Valoración en base a la calificación obtenida en el máster referenciado en orden a su inclusión en la lista de espera autonómica.
Segundo. En ningún caso la incorporación a la lista de espera autonómica generará vínculo laboral o relación administrativa alguna con la Dirección General de Administración Local, ni conllevará obligación alguna de contratación por parte de la administración autonómica.
Tercero. Proceder a la actualización de la lista autonómica con la integración de los nuevos candidatos conforme a los criterios establecidos en la Resolución de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura, de 28 de septiembre de 2021 (DOE núm. 193, de 6 de octubre de 2021).
Cuarto. Disponer la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura y en la dirección electrónica:
https://www.juntaex.es/temas/administracion-publica/entidades-locales/funcionarios-con-habilitacion
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican, los recursos siguientes:
Los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo correspondiente, en los términos de lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación del acto, conforme al artículo 46.1 de la citada ley. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativa en cuya circunscripción tenga su sede, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Mérida, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previsto en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
Mérida, 3 de diciembre de 2025.
El Director General de Administración Local,
PEDRO ROMERO GÓMEZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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