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EXTRACTO de la Resolución de 28 de noviembre de 2025, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se aprueba la segunda convocatoria de ayudas para el estudio de lengua inglesa en horario extraescolar, en centros de idiomas acreditados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, del alumnado matriculado en Educación Secundaria Obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso escolar 2025-2026.
DOE Número: 237
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 10 de diciembre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Educación. Idiomas.
Página Inicio: 66917
Página Fin: 66918
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 872569
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Aprobar la convocatoria para el curso 2025-2026, de subvenciones destinadas a ayudas para el estudio de lengua inglesa en horario extraescolar, en centros de idiomas acreditados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, del alumnado matriculado en educación secundaria obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Bases reguladoras.
Estas ayudas se rigen por lo dispuesto en el Decreto 94/2024, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayudas para el estudio de inglés en horario extraescolar, en centros de idiomas acreditados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, del alumnado matriculado en educación secundaria obligatoria en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024/2025.
Tercero. Personas beneficiarias y requisitos generales.
El alumnado escolarizado en educación secundaria obligatoria en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que reúna los requisitos del artículo 4 de la resolución de convocatoria de la ayuda.
Cuarto. Periodo subvencionable.
El periodo subvencionable será de 8 meses, extendiéndose desde el mes de octubre al mes de mayo del curso escolar objeto de convocatoria.
Quinto. Financiación y cuantía.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de novecientos once mil ochocientos setenta y siete euros (911.877,00 €), los cuales se imputarán en su totalidad a la anualidad 2026, quedando condicionada de forma suspensiva a la existencia de crédito adecuado y suficiente al tramitarse de forma anticipada, de acuerdo con lo previsto lo previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura (DOE núm. 244, de 21 de diciembre de 2020), con cargo a la aplicación presupuestaria 13009 G/222G/48000, código proyecto 20240316 (CA), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
El importe máximo de la ayuda por persona beneficiaria no superará los 40 euros mensuales, hasta un máximo de 8 mensualidades.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes destinadas a la participación en la convocatoria será de 15 días hábiles, computados desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es/ ), de la Resolución de convocatoria y del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se podrá efectuar a través del portal web de información al ciudadano de la Junta de Extremadura, en el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/w/0684524 .
Mérida, 28 de noviembre de 2025.
El Director General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios,
(PD Resolución de 6 de noviembre de 2024, DOE núm. 217, de 7 de noviembre)
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA
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Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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