ANUNCIO de 3 de diciembre de 2025 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas al amparo de la Orden de 10 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el ejercicio 2024.
TEXTO ORIGINAL
El Servicio Extremeño Público de Empleo como organismo autónomo de carácter administrativo, tiene atribuidas entre otras, la ejecución de las competencias en administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo, tal y como se determina en sus normas de creación y desarrollo, Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 76, de 3 de julio), y Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 44, de 5 de marzo), respectivamente.
En concreto, dentro de las políticas activas de empleo, el artículo 4.d) del citado Decreto 26/2009, de 27 de febrero, otorga a este Organismo la competencia de Fomentar el empleo de calidad, cualificado y estable, en especial para los colectivos con una mayor dificultad de inserción laboral .
En el ejercicio de estas competencias, durante el año 2024 se han concedido ayudas para el fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo a distintos beneficiarios al amparo del Orden de 10 de agosto de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de la Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023/2024.
El objeto de estas subvenciones es el de favorecer y fomentar la integración laboral de personas con discapacidad en el mercado de protegido de trabajo, Centros Especiales de Empleo, a través de cuatro programas de ayudas que la Orden regula.
Programa I: Ayudas a proyectos generadores de empleo.
Programa II: Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo.
Programa III: Ayudas destinadas a las Unidades de Apoyo de los Centros Especiales de Empleo.
Programa IV: Proyectos de inserción de personas con discapacidad en el mercado ordinario a través de Centros Especiales de Empleo.
En cuanto a su financiación, estas subvenciones se imputaron al Proyecto Integración Laboral de Discapacitados con fuente de financiación TE a los siguientes códigos de aplicación presupuestaria:
— 140130000/G/242A/77000/TE24001001/20090229, correspondientes a las ayudas del Programa I y por un importe ejecutado de 1.300.236,95 euros.
— 140130000/G/242A/47000/TE24001001/20090229, correspondientes a las ayudas del Programa II y por un importe ejecutado de 19.540.682,89 euros.
— 140130000/G/242A/47000/TE24001001/20090229, correspondientes a las ayudas del Programa III y por un importe ejecutado de 15.606,00 euros.
En aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura una vez resueltas y notificadas individualmente las resoluciones de concesión de subvenciones a los beneficiarios y cuando los importes concedidos, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a 3.000,00 euros, el órgano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura las subvenciones concedidas, con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
A tenor de lo establecido en el artículo 17.2.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no serán objeto de publicación las subvenciones de cuantía inferior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto, se procede a dar publicidad en el anexo que se acompaña, indicando el número de expediente, la entidad beneficiaria y subvención concedida.
Mérida, 3 de diciembre de 2025. La Secretaria General de Empleo, PD, Resolución de 18 de noviembre de 2024 (DOE n.º 229, de 25 de noviembre de 2024), El Director General de Empleo, PEDRO GALÁN BERROCAL.