RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento ordinario número 551/2025 ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo.
DOE Número: 240
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 15 de diciembre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Recurso. Emplazamiento.
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TEXTO ORIGINAL
Ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo con número de procedimiento ordinario 551/2025 por la representación procesal de D.ª M.ª Mercedes Palomino Fernández, frente a la desestimación por silencio administrativo del recurso potestativo de reposición frente a la Resolución de 25 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la publicación de la relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden de 23 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico/a, Especialidad Diplomado/a en Empresariales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y dando debido cumplimiento al requerimiento efectuado por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles interesados para que puedan personarse ante este tribunal, si a su derecho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución.
De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Mérida, 2 de diciembre de 2025.
El Director General de Función Pública,
HUGO ALFONSO CURIEL RODRÍGUEZ