ANUNCIO de 1 de diciembre de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.
DOE Número: 241
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 16 de diciembre de 2025
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE HERVÁS
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 68609
Página Fin: 68610
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía de fecha 01/12/2025 de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan para el año 2025:
Personal funcionario:
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Grupo
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Subgrupo
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Clasificación
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Denominación
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Fecha en la que ha causado baja
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|---|
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C
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C1/C2
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Administrativa
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Administrativo
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29/12/2025
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Personal laboral:
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Categoría laboral
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Especialidad
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N.º Vacantes
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Denominación
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Fecha en la que ha causado baja
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|---|
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AP
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Auxiliar Ayuda a Domicilio
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1
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Auxiliar Ayuda a Domicilio
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2024
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C2
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Encargado del Cementerio Municipal
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1
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Encargado del Cementerio Municipal
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2024
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En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Hervás, 1 de diciembre de 2025. La Alcaldesa–Presidenta, GLORIA DE LOS SANTOS VIZCAÍNO MARTÍN.