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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito asignado al programa de incentivos 6: Realización instalaciones energías renovables térmicas en sector residencial del "Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria".
DOE Número: 244
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 19 de diciembre de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Energías Renovables. Subvenciones.
Página Inicio: 69384
Página Fin: 69388
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 605918
El Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 16, de 25 de enero de 2022, modificado por el Decreto 54/2023, de 17 de mayo, desarrollando las bases y convocando las líneas de ayudas cuyas bases reguladoras quedaron establecidas mediante el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 30 de junio de 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 16, de 25 de enero de 2022, el Extracto del Programa 6: realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial, de la convocatoria del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ) con la identificación 605918.
La disposición adicional única de convocatoria del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, tras la publicación del Decreto 54/2023 de 17 de mayo, establece en su punto 9, entre otros, que la financiación del programa de incentivos 6 queda realizada mediante el proyecto de gasto 20210403 P.I. -6 Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en sector residencial con el siguiente desglose:
Posición presupuestaria G/333A/70000:
Anualidades: año 2023: 1.500,00 €, año 2024: 0,00 €, año 2025: 0,00 €,
Total: 1.500,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/72001:
Anualidades: año 2023: 600,00 €, año 2024: 0,00 €, año 2025: 0,00 €,
Total: 600,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/73099:
Anualidades: año 2023: 1.500,00 €, año 2024: 0,00 €, año 2025: 0,00 €,
Total: 1.500,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/73200:
Anualidades: año 2023: 1.500,00 €, año 2024: 0,00 €, año 2025: 0,00 €,
Total: 1.500,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/74000:
Anualidades: año 2023: 6.300,00 €, año 2024: 0,00 €, año 2025: 0,00 €,
Total: 6.300,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/76000:
Anualidades: año 2023: 222.207,00 €, año 2024: 172.965,00 €, año 2025:
43241,00 €, Total: 438.413,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/77000**:
Anualidades: año 2023: 2.000,00 €, año 2024: 0,00 €, año 2025: 0,00 €,
Total: 2.000,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/78000:
Anualidades: año 2023: 845.428,00 €, año 2024: 691.862,00 €, año 2025:
172.966,00 €, Total: 1.710.256,00 €.
Subtotales: año 2023: 1.081.035,00 €, año 2024 864.827,00 €, año 2025:
216.207,00 €. Total: 2.162.069,00 €.
** Profesionales autónomos sujetos al Reglamento de minimis.
La financiación de las ayudas será mediante fondos transferidos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, adscrito a la Secretaría de Estado de Energía del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Europeo, en la medida en que han resultado incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU).
Con fecha 24 de octubre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 205 la Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación y redistribución de los créditos correspondientes al Programa de incentivos 6 del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, incorporándose nuevos créditos al proyecto de gasto 20210403 P.I. 6. Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en sector residencial en la posición presupuestaria G/333A/78000 por un importe de 533.383,60 €.
La disposición adicional única de convocatoria del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, establece que ... Los créditos iniciales asignados en la presente convocatoria a cada aplicación presupuestaria dentro de un mismo proyecto, programa y categoría podrán ser reasignados en cualquier momento por el órgano instructor, tanto entre artículos como entre conceptos y ejercicios presupuestarios, con la finalidad de atender a las solicitudes que reúnan los requisitos en plazo y siempre que exista crédito presupuestario para ello.
Para el aumento de hasta un 20 por ciento de los créditos presupuestarios imputados o para una distribución distinta entre los proyectos y posiciones presupuestarias recogidas en la presente convocatoria de ayudas, se estará a lo dispuesto en los artículos 23.2 h) y 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. No obstante, deberá también atenderse a lo regulado en el apartado 4 del artículo 10 del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, de bases reguladoras .
En virtud de lo expuesto, y siendo todos los solicitantes de las ayudas presentadas al programa P6 pendientes de resolver personas físicas que realizan o no actividad económica, se precisa realizar una redistribución de los créditos imputados en distintas posiciones presupuestarias para incrementar los créditos de las posiciones presupuestarias G/333A/77000 (sujetos al régimen de minimis) y G/333A/78000 y así atender solicitudes presentadas.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 39.3 y 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidas en la convocatoria inicialmente prevista, exige anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación efectuada, considerando lo recogido en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140 de 21 de julio), la competencia para acordar la distribución referida correspondería a la Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible al ostentar ésta las competencias en materia de industria, energía y minas de la anterior Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Por todo lo anterior, teniendo en consideración los créditos iniciales de la convocatoria y la ampliación publicada el 24 de octubre de 2025 del proyecto de gasto 20210403, se acuerda la modificación del extracto y anuncio de modificación de la distribución de créditos prevista en el punto 9 de financiación de la disposición adicional única del Decreto 145/2021, de 21 de diciembre, siendo el desglose el siguiente:
Posición presupuestaria G/333A/70000:
Anualidad 2025: 0,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/72001:
Anualidad 2025: 0,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/73099:
Anualidad 2025: 0,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/73200:
Anualidad 2025: 0,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/74000:
Anualidad 2025: 0,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/76000:
Anualidad 2025: 0,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/77000*:
Anualidad 2025: 29.000,00 €.
Posición presupuestaria G/333A/78000:
Anualidad 2024: 42.600,00 €
Anualidad 2025: 2.623.852,60,00 €.
*Profesionales autónomos sujetos al Reglamento de minimis.
Mérida, 12 de diciembre de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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