RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la segunda Adenda del "Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el centro educativo Ébora Formación para la realización de prácticas formativas" suscrito con fecha 14 de diciembre de 2021.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 4 de diciembre de 2025, la segunda Adenda del Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el centro educativo Ébora Formación para la realización de prácticas formativas suscrito con fecha 14 de diciembre de 2021, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 12 de diciembre de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
SEGUNDA ADENDA DEL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y EL CENTRO EDUCATIVO EBORA FORMACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS FORMATIVAS SUSCRITO CON FECHA 14 DE DICIEMBRE DE 2021.
Mérida, a 4 de diciembre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, doña Silvia Torres Piles, en calidad de Directora General Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias, en virtud de nombramiento dispuesto por Decreto 204/2023, de 23 de agosto (DOE n.º 164, de 25 de agosto de 2023), actuando en nombre y representación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura (en adelante la Consejería) por delegación de firma conferida mediante Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Consejera, por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias (DOE n.º 189, de 2 de octubre), con domicilio en Avda. de las Américas n.º 2 de la ciudad de Mérida, C.P. 06800.
Y, don Jesús Vilés Piris, que interviene en nombre y representación del Servicio Extremeño de Salud con CIF: Q-0600413-I, en su calidad de Director Gerente, en virtud de nombramiento dispuesto por Decreto 148/2023, de 2 de agosto (DOE 149 de 3 de agosto de 2023), en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 4.d) del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud.
De otra parte, don Iván Fernández Grajera, con NIF ***4720**, como titular del Centro Ébora Formación, sito en Polígono Soto de Cazalegas, Parcela 1, Sector 7, 45683, Cazalegas, Toledo y con CIF B-45744604.
Las partes intervienen en representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Que con fecha 14 de diciembre de 2021 se suscribió el Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el centro educativo Ébora Formación para la realización de prácticas formativas cuyo objeto es establecer la colaboración de las instituciones firmantes para posibilitar la realización de estancias de formación práctica de los alumnos del Centro Ébora Formación, correspondientes al Grado Medio de Auxiliar de Enfermería y al Grado Superior de Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear, en centros sanitarios dependientes de la Consejería y el SES. Dicho convenio fue objeto de publicación en el DOE núm. 27 de fecha 9 de febrero de 2022.
Segundo. Que con fecha 9 de febrero de 2024 fue suscrita una Adenda mediante la que se modificó el citado Convenio, añadiendo un nuevo punto a la Cláusula Octava del convenio original, con el fin de adaptarlo a la normativa relativa a las cotizaciones a la Seguridad Social de los alumnos en prácticas, de acuerdo con el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones (BOE n.º 65, de 17 de marzo), que establece una nueva disposición adicional quincuagésima segunda (D.A. 52ª) en la Ley General de Seguridad Social. Dicha adenda fue objeto de publicación en el DOE núm. 43 de fecha 1 de marzo de 2024.
Tercero. Que conforme lo establecido en la cláusula decimoséptima del Convenio firmado, este tendrá una duración de cuatro años, a contar desde su firma, esto es desde el 14 de diciembre de 2021 hasta el 13 de diciembre de 2025.
Según lo previsto en el artículo 49 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Cuarto. Que estando próxima la finalización de su vigencia, las partes firmantes del convenio tienen interés en continuar con su colaboración en los mismos términos, por lo que con consideran necesario prorrogar el convenio por un periodo de otros cuatro años más.
Por todo ello, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente adenda de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente adenda, prorrogar por un periodo de cuatro años adicionales el Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el centro educativo Ébora Formación para la realización de prácticas formativas suscrito con fecha 14 de diciembre de 2021 y modificado mediante adenda firmada el 9 de febrero de 2024, desde el día 14 de diciembre de 2025 hasta el 13 de diciembre de 2029, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoséptima del convenio y según lo previsto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segunda. Eficacia y vigencia de la adenda.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre y el artículo 10.1 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes, entrará en vigor y producirá efectos desde el 14 de diciembre de 2025 hasta el 13 de diciembre de 2029.
Tercera. Régimen Jurídico.
Las partes firmantes, establecen expresamente que se mantienen el resto de las cláusulas, términos y obligaciones contenidas en el texto del Convenio inicial, firmado con fecha 14 de diciembre de 2021, y modificado con fecha 9 de febrero de 2024.
Y, en prueba de conformidad con el contenido de esta adenda de prórroga, las partes la firman electrónicamente, a la fecha de la última firma electrónica.
Consejería de Salud y Servicios Sociales
DG de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias
(PA, Resolución de la Consejera de Salud y Servicios Sociales 25/09/2023)
D.ª Silvia Teresa Torres Piles
Centro Educativo Ebora Formación
Administrador único
D. Iván Fernández Grajera
Servicio Extremeño de Salud
Director Gerente
D. Jesús Vilés Piris