EXTRACTO de la convocatoria de las subvenciones públicas para el apoyo a empresas y autónomos en materia de relevo empresarial. Línea 1 de las ayudas para la lucha contra la despoblación en los núcleos de población de zonas rurales con especiales dificultades demográficas dentro del Plan de Acción "Yo Re-pueblo" y el Fondo de Cohesión Territorial.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 876752
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas legalmente establecidas, con domicilio en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que asuman la explotación de negocios existentes viables ubicados en municipios, entidades locales menores y pedanías (menores de 3.000 habitantes) situados en zonas rurales escasamente pobladas o con especiales dificultades demográficas. Se requiere, entre otros requisitos, el compromiso de mantener el negocio durante al menos 24 meses, residir en el municipio donde se ubique el negocio y que la transmisión de este negocio, se formalice mediante contrato de traspaso o venta elevado a escritura pública. Se aplicarán además los requisitos establecidos en el artículo 6 del Decreto Regulador.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto conceder ayudas para financiar los gastos derivados del relevo empresarial, el traspaso del negocio y las mejoras iniciales que aseguren la viabilidad del mismo. Se subvencionarán la adquisición o traspaso de negocios cuyos propietarios cierren por jubilación o motivo similar, siempre que la rentabilidad esté avalada, preferentemente, mediante informe de la cámara de comercio provincial correspondiente. El objetivo es favorecer la continuidad de la actividad económica en núcleos rurales con especiales dificultades demográficas.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se rige por el Decreto 178/2025, de 9 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a financiar medidas para la lucha contra la despoblación en zonas rurales con especiales dificultades demográficas dentro del Plan de Acción Yo Re-pueblo y el Fondo de Cohesión Territorial, y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, disponible en el DOE y el Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima de la subvención para la Línea 1 al relevo empresarial podrá alcanzar hasta 25.000 euros por beneficiario, o la cantidad que se solicite, siempre que no supere dicho límite. Esta ayuda cubrirá el 100% de los gastos subvencionables derivados del traspaso, mejora y modernización del negocio, incluyendo la adquisición de maquinaria, instalaciones, alquiler o compra de local y vivienda, durante el periodo establecido en la resolución de la convocatoria. La dotación presupuestaria total asignada para esta línea asciende a 424.275 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria G/314A/77000, del centro gestor 23003, proyecto de gasto 20220334 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, fondo TE31007001, procedentes de transferencia del Estado, aprobados en Conferencia Sectorial de Reto Demográfico, con cargo a los Fondos de Cohesión y Transformación Territorial del Ministerio de Transicion Ecologica y Reto Demográfico.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura. Las solicitudes pueden realizarse en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntaex.es/w/0726025 .
Sexto. Otros datos.
Las inversiones y gastos subvencionables deberán ejecutarse tras la presentación de la solicitud. El beneficiario deberá presentar la justificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados ante la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras y dentro de los plazos establecidos en la convocatoria.
Mérida, 17 de diciembre de 2025.
La Secretaria General,
ISABEL GUTIÉRREZ DE LA BARREDA MENA