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EXTRACTO de la convocatoria de ayudas a los servicios de ocio para la lucha contra la despoblación en zonas rurales de Extremadura. Línea 3 de las ayudas para la lucha contra la despoblación en los núcleos de población de zonas rurales con especiales dificultades demográficas dentro del Plan de Acción "Yo Re-pueblo" y el Fondos de Cohesión Territorial.
DOE Número: 247
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 24 de diciembre de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Reto Demográfico y Territorial. Ayudas.
Página Inicio: 71280
Página Fin: 71281
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 876754
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria de la línea de ayudas 3 destinadas a servicios de ocio en los núcleos de población de zonas rurales con especiales dificultades demográficas, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas legalmente establecidas, con domicilio en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que mantengan establecimientos de ocio ubicados en municipios, entidades locales menores y pedanías, menores de 300 habitantes, aunque puedan depender administrativamente de municipios de más de 3.000 habitantes y que fomenten las relaciones sociales e intergeneracionales en zonas con especiales dificultades demográficas.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar, mediante régimen de concurrencia competitiva los gastos de funcionamiento del servicio de ocio durante 12 meses posteriores a la concesión, incluidos los de agua, energía, telecomunicaciones, plataformas de difusión de contenidos, transporte y logística de mercancías.
Tercero. Bases Reguladoras.
La convocatoria se rige por el Decreto 178/2025, de 9 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a financiar medidas para la lucha contra la despoblación en zonas rurales con especiales dificultades demográficas dentro del Plan de Acción Yo Re-pueblo y el Fondo de Cohesión Territorial, y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, disponible en el DOE y el Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima de la subvención será de hasta 5.000 euros o la que solicite el beneficiario, siempre que no se supere la cuantía máxima. La subvención será del 100% de los gastos justificados del servicio de ocio durante un periodo de hasta 12 meses posteriores a la concesión. La dotación presupuestaria total asignada para esta línea asciende a 400.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria G/314A/77000, del centro gestor 23003, proyecto de gasto 20220334 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, fondo TE31007001, procedentes de transferencia del Estado, aprobados en Conferencia Sectorial de Reto Demográfico, con cargo a los Fondos de Cohesión y Transformación Territorial del Ministerio de Transicion Ecologica y Reto Demográfico.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura. Las solicitudes pueden realizarse en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntaex.es/w/0726025 .
Sexto. Otros datos.
Las inversiones y gastos subvencionables deberán ejecutarse tras la presentación de la solicitud. El beneficiario deberá presentar la justificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados ante la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras y dentro de los plazos establecidos en la convocatoria.
Mérida, 17 de diciembre de 2025.
La Secretaria General,
ISABEL GUTIéRREZ DE LA BARREDA MENA
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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