EXTRACTO de la convocatoria de ayudas a la activación social para la lucha contra la despoblación en zonas rurales de Extremadura. Línea 5 de las ayudas para la lucha contra la despoblación en los núcleos de población de zonas rurales con especiales dificultades demográficas dentro del Plan de Acción "Yo Re-pueblo" y el Fondo de Cohesión Territorial.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 876757
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria de la línea de ayudas 5 destinadas a la activación social en los núcleos de población de zonas rurales con especiales dificultades demográficas, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las asociaciones y fundaciones, legalmente constituidas, con domicilio en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en cuyo fin social se encuentre el desarrollo de actuaciones para la lucha contra la despoblación o el desarrollo rural, que tengan su sede en municipios, entidades locales menores y pedanías, menores de 3.000 habitantes, aunque puedan depender administrativamente de municipios de más de 3.000 habitantes.
Segundo. Objeto.
La presente convocatoria tiene por objeto subvencionar los gastos derivados de la ejecución del proyecto previamente presentado por la persona solicitante, incluyendo los gastos materiales, de personal y gastos corrientes, derivados de su ejecución e implantación.
Tercero. Bases Reguladoras.
La convocatoria se rige por el Decreto 178/2025, de 9 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a financiar medidas para la lucha contra la despoblación en zonas rurales con especiales dificultades demográficas dentro del Plan de Acción Yo Re-pueblo y el Fondo de Cohesión Territorial, y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, disponible en el DOE y el Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima de la subvención será de hasta 10.000 euros por proyecto o la que solicite el beneficiario, siempre que no se supere la cuantía máxima, siendo del 100% de los gastos justificados. La dotación presupuestaria total asignada para esta línea asciende a 200.000 euros, Con cargo a la aplicación presupuestaria G/314A/78000, del centro gestor 23003, proyecto de gasto 20220334 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, fondo TE31007001, procedentes de transferencia del Estado, aprobados en Conferencia Sectorial de Reto Demográfico, con cargo a los Fondos de Cohesión y Transformación Territorial del Ministerio de Transicion Ecologica y Reto Demográfico.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura. Las solicitudes pueden realizarse en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntaex.es/w/0726025 .
Sexto. Otros datos.
Las inversiones y gastos subvencionables deberán ejecutarse tras la presentación de la solicitud. El beneficiario deberá presentar la justificación total de los gastos y pagos efectivamente realizados ante la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras y dentro de los plazos establecidos en la convocatoria.
Mérida, 17 de diciembre de 2025.
La Secretaria General,
ISABEL GUTIÉRREZ DE LA BARREDA MENA