RESOLUCIÓN de 30 de enero de 2025, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 127/2024, de 20 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, dictada en el procedimiento abreviado n.º 160/2023.
TEXTO ORIGINAL
La sentencia firme n.º 127/2024, de 20 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida estima íntegramente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D.ª Elena Aparicio Nieto contra la Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se hizo pública la relación definitiva de aprobados en la Especialidad de Análisis Clínicos, en el proceso selectivo convocado por Resolución de 20 de septiembre de 2021 para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista de Área en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, recurso que fue posteriormente ampliado a la Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño de Salud, por la que se nombró personal estatutario fijo a los aspirantes que eligieron plaza en dicha Especialidad de Análisis Clínicos.
Dicha sentencia anula las citadas resoluciones en el particular referido a la puntuación otorgada a la actora, procediendo a otorgar a D.ª Elena Aparicio Nieto una puntuación en el apartado de formación de 4,675, con una puntuación total en la fase de concurso de 7,795, y una puntuación global (concurso y oposición) de 55,558.
Por todo ello, teniendo en cuenta la nueva puntuación de los méritos otorgados en la sentencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección Gerencia,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia firme n.º 127/2024, de 20 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, dictada en el procedimiento abreviado n.º 160/2023, siendo el tenor literal del fallo de la misma el siguiente:
Que debo estimar y estimo íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por el procurador Sr. Campillo Álvarez, obrando en nombre y representación de doña Elena Aparicio Nieto, contra la Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General del SES, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados en la Especialidad de Análisis Clínicos del proceso selectivo convocado por Resolución de 20 de septiembre de 2021, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área en las instituciones sanitarias del SES, posteriormente ampliado a la Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos del SES, por la que se nombra personal estatutario fijo a los aspirantes que hayan elegido plaza en la Especialidad de Análisis Clínicos, convocada por Resolución de 20 de septiembre de 2021; y, en consecuencia, debo anular y anulo dichas resoluciones por estimarlas no conformes a derecho en el particular referido a la puntuación otorgada a la actora, procediendo pues asignar a la actora una puntuación en el apartado de formación de 4,675, con una puntuación total en la fase de concurso de 7,795 y una puntuación global (concurso y oposición) de 55,558, con todos los efectos inherentes a este pronunciamiento .
Segundo. Otorgar a D.ª Elena Aparicio Nieto, teniendo en cuenta el fallo de la sentencia 127/2024, de 20 de septiembre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, una puntuación de 4,675 en el apartado de formación del baremo de méritos, obteniendo por ello un total en la fase de concurso de 7,795 puntos.
Tras sumar dicha puntuación de 7,795 de la fase de concurso con los 47,763 puntos de la fase de oposición, se le otorga a D.ª Elena Aparicio Nieto una puntuación total en el proceso selectivo de 55,558 puntos.
Reconocer en base a lo anterior a D.ª Elena Aparicio Nieto su derecho a la adquisición de la condición de personal estatutario fijo en el proceso selectivo convocado por Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo Especialista de Área, Especialidad de Análisis Clínicos, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, al hallarse su nuevo número de orden de prelación derivado de la nueva puntuación total obtenida, dentro del número de plazas convocadas.
Tercero. Nombrar a D.ª Elena Aparicio Nieto con DNI ***8698** , una vez comprobado que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria, personal estatutario fijo en el proceso selectivo convocado por Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad de Análisis Clínicos, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, en plaza con destino en el Área de Salud de Cáceres. Los efectos económicos y administrativos del presente nombramiento serán los mismos que le hubiesen correspondido en el caso haber tomado posesión según lo dispuesto en la Resolución de 14 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales (DOE n.º 222, de 20 de noviembre), por la que se nombró personal estatutario fijo a los aspirantes que superaron el proceso selectivo, es decir a partir del día 30 de noviembre de 2023.
Cuarto. Disponer en base lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la conservación de los actos y trámites que no resulten afectados por la presente resolución.
Quinto. La aspirante nombrada deberá tomar posesión e incorporarse a la plaza adjudicada el próximo día 17 de febrero de 2025. La toma de posesión se efectuará en la Gerencia del Área de Salud a la que esté adscrita la plaza adjudicada.
Sexto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 30 de enero de 2025.
El Director Gerente,
JESÚS VILÉS PIRIS