ANUNCIO de 22 de diciembre de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía n.º 2025-0788, de fecha 22 de diciembre, de este Ayuntamiento, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2025.
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Primero. Visto que, por Acuerdo del Pleno de fecha 4 de enero de 2025 se aprobó, junto con el Presupuesto Municipal, la Plantilla de este Ayuntamiento para el año 2025, siendo publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz núm. 45, anuncio 792/2025, de 7 de marzo de 2025.
Visto que por Acuerdo de Pleno de fecha 4 de junio de 2025, se acordó modificar la Plantilla de este Ayuntamiento para el año 2025, siendo publicada íntegramente la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz núm. 143, anuncio 3246, de 29 de julio de 2025.
Considerando que de conformidad con lo previsto en los 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local las Entidades Locales y 128.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, las entidades locales deben aprobar y publicar, en el plazo un mes desde la aprobación del Presupuesto, la Oferta de Empleo Público, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal, para su debida coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas.
Considerando que el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público, u otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas y hasta un 10% adicional, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos.
Segundo. Considerando que la Oferta de Empleo Público debe desarrollarse en el plazo improrrogable de tres años.
A estos efectos, debe entenderse de acuerdo con la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, número 930/2025, de 9 de julio de 2025, dictada en recurso de casación lo siguiente:
Que el artículo 70.1 del EBEP, inciso final, ordena que la ejecución de la OEP deba desarrollarse en el plazo de tres años, -por lo que- hay que deducir que tal plazo comprende no sólo la convocatoria sino, además, el completo desarrollo del proceso selectivo. Se trata de un plazo, en sí, razonable, y traslada a las Administraciones un mandato de celeridad y eficacia: no es razonable tener procesos selectivos abiertos durante más de tres años.
Considerando que la propuesta cumple las limitaciones impuestas por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogada para el ejercicio 2024, respecto a las ofertas de empleo público.
Tercero. Considerando que la propuesta ha sido objeto de negociación con las organizaciones sindicales más representativas, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 36.3 y 37.1.c) y 37.1.l) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, como así se refleja en el acta de la sesión celebrada en fecha 22 de diciembre de 2025.
Cuarto. Visto que en la Plantilla figuran vacantes y dotadas presupuestariamente diversas plazas, cuya cobertura se considera necesaria en el presente ejercicio para el buen funcionamiento de los servicios municipales.
Quinto. Visto el Informe del Departamento de Personal, en la que se indican los datos necesarios a efectos de determinar la tasa de reposición y las plazas vacantes que podrían ser objeto de Oferta Pública de Empleo.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el Informe de Secretaría y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en virtud del cual la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a esta Alcaldía,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la Oferta de empleo público de este Ayuntamiento para el año 2025 que contiene los siguientes puestos de trabajo:
Funcionarios de carrera:
Subescala de Servicios Especiales:
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Grupo
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Subgrupo
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N.º vacantes
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Denominación
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Régimen jurídico
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Nivel complemento destino
|
Sistema de acceso
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|---|
|
C
|
C1
|
1
|
Oficial Jefe Policía Local
|
Funcionario de carrera
|
22
|
Promoción interna
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Subescala de Administración General:
|
Grupo
|
Subgrupo
|
N.º vacantes
|
Denominación
|
Régimen jurídico
|
Nivel complemento destino
|
Sistema de acceso
|
|---|
|
A
|
A2
|
1
|
Técnico medio Intervención
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Funcionario de carrera
|
22
|
Oposición libre
|
|
C
|
C1
|
1
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Encargado de obras
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Personal laboral fijo
|
18
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Oposición libre
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Segundo. Publicar la Oferta de empleo público en el tablón de anuncios de la Corporación, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://fuentedelmaestre.sedelectronica.es , en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia, para general conocimiento e interposición de los recursos que, en su caso, los interesados, estimen oportuno.
Tercero. Convocar las plazas ofertadas en ejecución de la presente Oferta de Empleo Público dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación .
Fuente del Maestre, 22 de diciembre de 2025. El Alcalde-Presidente, JUAN ANTONIO BARRIOS GARCÍA.