ACUERDO de 17 de diciembre de 2025, de la Comisión de Precios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre revisión de la tarifa del servicio municipal de distribución y abastecimiento de agua potable del término municipal de Badajoz.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 74/2004, de 18 de mayo, por el que se regula la organización y procedimiento de la Comisión de Precios de Extremadura, la citada Comisión, en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2025, ha adoptado el siguiente,
ACUERDO:
Acuerdo de la Comisión de Precios de la Comunidad Autónoma de Extremadura sobre revisión de la tarifa del servicio municipal de distribución y abastecimiento de agua potable del término municipal de Badajoz.
Autorizar el establecimiento de las tarifas que a continuación se expresan para el servicio municipal de distribución y abastecimiento de agua potable del término municipal de Badajoz.
Abastecimiento Tarifa de Uso General.
— Cuota fija de uso general: 15,74 €.
— Tramo 0 15 m³: 0,59 €/m³.
— Tramo 16 30 m³: 0,80 €/m³.
— Tramo 31 60 m³: 1,27 €/m³.
— Tramo 61 90 m³: 1,69 €/m³.
— Tramo >90 m³: 2,01 €/m³.
Abastecimiento Tarifa Familia Numerosa.
— Cuota fija familia numerosa: 10,46 €.
— Tramo 0 15 m³: 0,59 €/m³.
— Tramo 16 30 m³: 0,70 €/m³.
— Tramo 31 60 m³: 0,95 €/m³.
— Tramo 61 90 m³: 1,37 €/m³.
— Tramo >90 m³: 1,69 €/m³.
Abastecimiento Tarifa Social.
— Cuota fija tarifa social: 3,88 €.
— Tramo 0 15 m³: 0,01 €/m³.
— Tramo 16 30 m³: 0,01 €/m³.
— Tramo 31 60 m³: 0,71 €/m³.
— Tramo 61 90 m³: 0,79 €/m³.
— Tramo >90 m³: 1,06 €/m³.
Usos Especiales.
— Cuota fija de usos especiales: 1.109,01 €.
— Cuota variable bloque único: 1,48 €/m³.
Servicios Específicos
— Cuota de contratación y gastos de tramitación: 22,10 €.
— Cierre y apertura de válvula de acometida: 19,37 €.
— Cierre y apertura de válvula de red: 38,74 €.
Tarifas de Depuración.
Tarifa de Uso General.
— Cuota fija de uso general: 5,18 €.
— Tramo 0 15 m³: 0,35 €/m³.
— Tramo 16 30 m³: 0,37 €/m³.
— Tramo 31 60 m³: 0,42 €/m³.
— Tramo 61 90 m³: 0,48 €/m³.
— Tramo >90 m³: 0,58 €/m³.
Tarifa Familia Numerosa.
— Cuota fija familia numerosa: 5,18 €.
— Tramo 0 15 m³: 0,35 €/m³.
— Tramo 16 30 m³: 0,35 €/m³.
— Tramo 31 60 m³: 0,42 €/m³.
— Tramo 61 90 m³: 0,48 €/m³.
— Tramo >90 m³: 0,58 €/m³.
Tarifa Social.
— Cuota fija tarifa social: 0,95 €.
— Tramo 0 15 m³: 0,01 €/m³.
— Tramo 16 30 m³: 0,01 €/m³.
— Tramo 31 60 m³: 0,35 €/m³.
— Tramo 61 90 m³: 0,37 €/m³.
— Tramo >90 m³: 0,42 €/m³.
Usos Especiales.
— Cuota fija de usos especiales: 5,18 €.
— Cuota variable de bloque único: 0,58 €/m³.
Nuevas tarifas Derechos de Acometida de Saneamiento.
Para acometidas con longitud 4 m.
— Conexión a pozo: 1.660,673822 €.
— Conexión a colector de hormigón: 1.840,417938 €.
— Conexión a colector de PVC: 1.743,332034 €.
Para acometidas con longitud > 4 m (precio por metro adicional).
— Conexión a pozo: 404,45 €/m.
— Conexión a colector de hormigón: 404,45 €/m.
— Conexión a colector de PVC: 404,45 €/m.
Derechos de tramitación.
— Derechos de tramitación: 94,48 €.
Tarifas Autorización y Gestión de Vertidos.
— Precio por m³ vertido y tratado: 10,00 €.
— Sanción camión: 1.840,42 €.
— Conexión a colector de PVC: 1.743,33 €.
Estas tarifas se verán incrementadas con el Impuesto sobre el Valor Añadido.
La eficacia de este acuerdo quedará condicionada a la entrada en vigor de la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial pública de carácter no tributario por la prestación de los servicios de abastecimiento, y depuración de aguas de Badajoz.
Contra el presente acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que contra la resolución del recurso de alzada no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de revisión, en los casos establecidos en el artículo 125 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 17 de diciembre de 2025.
La Presidenta de la Comisión de Precios,
PS, La Jefa de Servicio de Comercio Interior y Artesanía,
ROCÍO ESTEBAN CORCHERO