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Resolución de 29 de abril de 2025, de la Consejera, de ampliación de plazos como consecuencia de la interrupción del suministro eléctrico del 28 de abril de 2025.
DOE Número: 3
Tipo: Extraordinario
Fecha Publicación: martes, 29 de abril de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: Resolución
Descriptores: Plazos.
Página Inicio: 40
Página Fin: 41
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El día 28 de abril de 2025 se produjo una interrupción del suministro eléctrico en todo el territorio peninsular del Estado, que ha dado lugar a la aprobación de la Orden INT/399/2025, de 28 de abril, por la que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de diversas comunidades autónomas como consecuencia de la interrupción del suministro eléctrico acaecida el 28 de abril de 2025. Entre estas comunidades autónomas se encuentra Extremadura.
Esta interrupción del suministro eléctrico ha ocasionado incidentes en el normal funcionamiento de los servicios administrativo, en especial en los servicios y sistema cibernéticos utilizados por la ciudadanía para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de derechos. Estas incidencias se prolongan con posterioridad a la interrupción.
Ante estas situaciones, el artículo 32.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas habilita a la Administración para que, cuando como consecuencia de un ciberincidente se hayan visto gravemente afectados los servicios y sistemas utilizados para la tramitación de los procedimientos y el ejercicio de los derechos de los interesados que prevé la normativa vigente, acuerde la ampliación general de plazos de los procedimientos administrativos.
Además, el artículo 32.4 de ese mismo texto legal posibilita que cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
En la medida en que los servicios y sistemas utilizados para la tramitación de los procedimientos y el ejercido de los derechos de la ciudadanía se han visto afectados por la falta de suministro eléctrico del 28 de abril de 2025, se considera aconsejable ampliar hasta el 2 de mayo de 2025 los plazos en los procedimientos administrativos de la administración autonómica con vencimiento el 28, 29 y 30 de abril de 2025.
En virtud de las competencias que me atribuye el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Así como las previstas en el artículo 1.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en materia del servicio público de información administrativa y atención a la ciudadanía,
RESUELVO:
Primero. Ampliar hasta el 2 de mayo de 2025 los plazos en los procedimientos administrativos de la administración autonómica con vencimiento el 28, 29 y 30 de abril de 2025.
Segundo. La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 29 de abril de 2025.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública
Elena Manzano Silva
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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