ANUNCIO de 9 de febrero de 2025 sobre inicio de las operaciones de deslinde total administrativo del monte n.º 151 de los de la provincia de Cáceres, denominado "Vegas del Pallés", situado en el término municipal de Cilleros y propiedad de ese municipio.
TEXTO ORIGINAL
Acordada por el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura la práctica del deslinde total administrativo del monte de utilidad pública n.º 151 denominado Vegas del Pallés , sito en el término municipal de Cilleros y propiedad de ese municipio, esta Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, de conformidad con la normativa de aplicación del citado acuerdo y en ejercicio de las competencias de promoción, ejecución y control en materia de la riqueza y potencial forestal y sus aprovechamientos que le confiere el artículo 32.2 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 145, de 28 de julio de 2023 modificado por Decreto 11/2024, de 20 de febrero), de acuerdo con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE. núm. 140, 21 de julio de 2023) y en uso de lo dispuesto en el artículo 96 y 97 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, ha acordado señalar la fecha de 19 de junio de 2025, a las 11:00 horas, para el comienzo de las operaciones de apeo, que serán efectuadas por el Ingeniero Operador don Francisco José Martín Díaz, estableciéndose como lugar de reunión el salón de plenos del Ayuntamiento de Cilleros, sito en Plaza de San Blas n.º 1.
Se emplaza a los colindantes y a las personas que acrediten un interés legítimo para que asistan al mencionado acto.
Quienes no asistan personalmente o por medio de representante legal o voluntaria a la práctica del apeo no podrán después formular reclamaciones contra el mismo.
Todos aquellos que se consideren interesados podrán formular las alegaciones oportunas en dicho acto.
Durante el plazo de 45 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Extremadura o, en su caso, en el Boletín Oficial del Estado, los que se conceptúen con derecho a la propiedad en el monte o de parte del mismo y los colindantes que deseen acreditar el que pueda corresponderles, podrán presentar los documentos pertinentes en el registro electrónico del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural sitas en calle Arroyo Valhondo, número 2, de Cáceres, registros de los Centros de Atención Administrativa o de las Oficinas de Respuesta Personalizada, en las oficinas de Correos, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015). La documentación que se presente a través de Correos deberá ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario antes de ser certificada. Apercibiéndoles que transcurrido dicho plazo no se admitirá ningún otro, y a quienes no lo hubieran presentado que no podrán formular reclamación sobre propiedad en el expediente de deslinde.
Durante el plazo de 45 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Extremadura o, en su caso, en el Boletín Oficial del Estado, los que se conceptúen con derecho a la propiedad en el monte o de parte del mismo y los colindantes que deseen acreditar el que pueda corresponderles, podrán presentar los documentos pertinentes en el registro electrónico del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural sitas en calle Arroyo Valhondo, número 2, de Cáceres, registros de los Centros de Atención Administrativa o de las Oficinas de Respuesta Personalizada, en las oficinas de Correos, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015). La documentación que se presente a través de Correos deberá ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario antes de ser certificada. Apercibiéndoles que transcurrido dicho plazo no se admitirá ningún otro, y a quienes no lo hubieran presentado que no podrán formular reclamación sobre propiedad en el expediente de deslinde.
Durante este periodo de tiempo y hasta que se inicien las operaciones materiales de apeo, los técnicos realizarán estudios topográficos provisionales sobre el terreno. Fruto de estas acciones pueden quedar marcas o piquetes que, en todo caso, serán provisionales y no adquirirán validez hasta que no se efectúen las tareas de apeo en compañía de los interesados.
Si alguno de los interesados cree oportuno que no se ejecuten dichos trabajos, en la linde que le afecte, podrá comunicarlo al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural (calle Arroyo Valhondo, 2, 10080 Cáceres).
De conformidad con el artículo 56.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, iniciado el procedimiento administrativo de deslinde, el órgano administrativo competente para resolver, podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte y de forma motivada, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad.
Contra este acto de trámite que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento (artículos 112 y ss. de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
La presente publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho sobre la titularidad deberá ser notificado a este Servicio de Ordenación y Gestión Forestal (Calle Arroyo Valhondo, 2, 10080 Cáceres), informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Se acompaña como anexo al presente anuncio listado de posibles interesados con el expediente que nos ocupa.
Mérida, 9 de febrero de 2025. El Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, RICARDO ROMERO PASCUA.
ANEXO
RELACIÓN DE POSIBLES INTERESADOS EN EL DESLINDE TOTAL DEL MONTE DE UTILIDAD PÚBLICA N.º 151, VEGAS DEL PALLÉS , TÉRMINO MUNICIPAL DE CILLEROS, PROVINCIA DE CÁCERES
CIF/NIF
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TITULAR
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REFERENCIAS CATASTRALES
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***5500**
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ALONSO PASCUAL JOSE
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10065A01300081, 10065A01300082, 10065A01300083
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***0650**
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AYUNTAMIENTO DE CILLEROS
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10065A01300206, 10065A01300207, 10065A01309007, 10065A01315206, 10065A02000096, 10065A02000097, 10065A02005096, 10065A02009004, 10065A02009008, 10065A02100023, 10065A02105023, 10065A02109005
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***5574**
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BERRIO IGLESIAS LAURA
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10065A02100021, 10065A02100022
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***1675**
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CERRUDO MORENO LORENZO ANGEL
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10065A01300194, 10065A01300208, 10065A01300209
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***1700**
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CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL TAJO
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10065A02009005
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***5470**
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CORDERO CAMPA LUIS, HEREDEROS DE
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10065A01300205, 10065A01300210, 10065A01300211, 10065A01300212, 10065A01300213, 10065A01300215, 10065A01300216, 10065A01300217, 10065A01300218, 10065A01300221, 10065A01300222, 10065A01300224, 10065A01300225, 10065A01300226, 10065A01300227, 10065A01300229, 10065A01300230, 10065A01300231, 10065A01300232, 10065A02000095
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***6916**
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CORDERO RAMAJO GUILLERMO
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10065A02000081
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***2511**
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CORDERO RAMAJO MARIA JESUS
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10065A02000081
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***2511**
|
CORDERO RAMAJO REGINA
|
10065A02000081
|
--
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EN INVESTIGACION
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10065A01300214, 10065A01300219, 10065A01300220, 10065A01300228
|
--
|
ESTADO MINISTERIO DE FOMENTO
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10065A01309008
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***3524**
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FORESTAL Y MADERERA, SA
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10065A02000098
|
***5874**
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GUILLEN-FERNANDEZ FERNANDEZ-GARCIA MILAGROS
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10065A01300080
|
***7028**
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HIDALGO HERRAN IVAN
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10065A02100021, 10065A02100022
|
***6383**
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MARCOS SANCHEZ JESUS LORENZO
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10065A02000090, 10065A02000091
|
***0089**
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MARTIN MARTIN AMELIA
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10065A01300215, 10065A01300222
|
***7383**
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PEREZ CARRETERO ELOY
|
10065A02000106
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***8959**
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RAMAJO HIDALGO FAUSTINO
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10065A02000079
|
***7493**
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RAMOS ALBARRAN JULITA
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10065A02000093
|
***1627**
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REDONDO RIVERO RICARDO
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10065A02000078, 10065A02000080
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***8653**
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RODRIGUEZ ALVAREZ ALEJANDRO JOSE
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10065A02100020, 10065A02105020, 10065A02105024
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***5074**
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RODRIGUEZ CAMPOS DAVID
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10065A01300140
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***9390**
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SANCHEZ LOZANO MARIA
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10065A02000099, 10065A02000100
|
***1106**
|
SANCHEZ SANCHEZ ULISES
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10065A02000107
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***4948**
|
SIMON GONZALO MARIA ELIZABEL
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10065A01305140
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--
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TOME CAMPA OLEGARIO
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10065A02000082
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***1100**
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TORRES CAMPOS ELENA
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10065A01300140
|
***4306**
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TORRES TORRES ANGEL
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10065A01300141
|
***0086**
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TORRES TORRES JESUS
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10065A01300141
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