ANUNCIO de 9 de febrero de 2025 por el que se somete a información pública el expediente del procedimiento para la declaración del Monte Protector "Sierra del Palo", ubicado en los términos municipales de Garlitos y Risco (Badajoz).
TEXTO ORIGINAL
La Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural ha instruido el procedimiento para la declaración del Monte Protector Sierra del Palo , ubicado en los términos municipales de Garlitos y Risco, y conformado por las parcelas catastrales que se especifican en el anexo I.
Según lo regulado en el artículo 24 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, el artículo 244 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y el artículo 6 del Decreto 78/2022, de 22 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico aplicable a los montes protectores declarados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la gestión y del Registro de los Montes Protectores de Extremadura para la declaración de un Monte Protector deben ser oídos los propietarios y titulares de derechos reales sobre el mismo, para lo que se abrió un trámite de audiencia.
Asimismo, por la importancia social y medioambiental de los intereses afectados por la declaración del Monte Protector, y tal y como recoge el citado artículo 6 del Decreto 78/2022 se somete el expediente a un trámite de información pública, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones (LPAC), a fin de que, en el plazo de 20 días hábiles a contar a partir de la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Extremadura , cualquier persona física o jurídica pueda examinarlo y formular las alegaciones que estime pertinentes.
A los efectos de lo expuesto hasta ahora, el expediente podrá consultarse en las oficinas del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca en Mérida (avda. Valhondo, s/n. Edificio Mérida III Milenio, módulo 1, planta 4). Por su parte, la presentación de escritos de alegaciones, documentos y justificaciones se podrá realizar en cualquiera de los lugares y en las formas previstos en el artículo 16.4 LPAC, y dirigirse a la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
Mérida, 9 de febrero de 2025. El Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, RICARDO ROMERO PASCUA.
ANEXO I
RELACIÓN DE PARCELAS CATASTRALES QUE CONFORMAN EL MONTEPROTECTOR SIERRA DEL PALO
TÉRMINO MUNICIPAL
|
POLÍGONO
|
PARCELA
|
---|
GARLITOS
|
2
|
1131
|
3
|
587
|
4
|
646
|
RISCO
|
2
|
445
|