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RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 15/2025, de 17 de enero, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 109/2024.
DOE Número: 35
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 20 de febrero de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 9732
Página Fin: 9733
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
En el recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 109/2024, promovido por Autocares Masa Gómez, SL ,siendo parte demanda la Consejería de Infraestructuras Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del recurso de alzada de fecha 26 de febrero de 2024, contra la Resolución dictada por el Director General de Transportes en el expediente BA2920/19 que impone una sanción de 4.001,00 euros, se ha dictado sentencia firme núm. 15/2025, por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Mérida.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el titular del órgano competente dicte la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
De conformidad, con los artículos 129 a a136 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, el Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, así como con lo dispuesto en la Ley 1/2002, del 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Decreto 238/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, y en la Resolución de 7 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delega el ejercicio de competencias en diversas materias y se establece el régimen de suplencia de los órganos directivos de la Consejería.
Por consiguiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la legislación vigente
RESUELVO:
Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 15/2025, del 17 de enero, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 1 de Mérida en el procedimiento abreviado núm. 109/2024 llevando a puro y debido efecto el fallo, que es del siguiente tenor literal:
Que debo desestimar y desestimo íntegramente el recurso contencioso administrativo presentado contra la resolución identificada en el fundamento jurídico primero de la presente, y en consecuencia debo confirmar y confirmo dichas resoluciones por estimarlas conforme a derecho, y ello con la imposición de las costas causadas en los presentes autos a la parte actora con un límite máximo de 300 euros por todos los conceptos e IVA incluido .
Mérida, 12 de febrero de 2025.
El Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda,
PD, La Secretaria General,Resolución de 7 de agosto de 2023(DOE núm 155, de 11 de agosto),
LAURA CASTELL VIVAS
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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