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RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 24 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establece la denominación singular del edificio en el que se ubica el Instituto de la Mujer de Extremadura, ubicado en la c/ San Salvador, 9, de Mérida, como "María Telo".
DOE Número: 44
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 05 de marzo de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: PRESIDENCIA DE LA JUNTA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Denominación singular.
Página Inicio: 11751
Página Fin: 11754
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 24 de febrero de 2025, adoptó el Acuerdo por el que se establece la denominación singular del edificio en el que se ubica el Instituto de la Mujer de Extremadura, ubicado en la c/ San Salvador, 9, de Mérida, como María Telo , disponiendo su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
En su virtud, esta Secretaría General,
RESUELVE:
Único. Disponer la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 24 de febrero de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se establece la denominación singular del edificio en el que se ubica el Instituto de la Mujer de Extremadura, ubicado en la c/ San Salvador, 9, de Mérida, como María Telo .
Mérida, 25 de febrero de 2025.
EL Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ANEXO
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA POR EL QUE SE ESTABLECE LA DENOMINACIÓN SINGULAR DEL EDIFICIO EN EL QUE SE UBICA EL INSTITUTO DE LA MUJER DE EXTREMADURA, UBICADO EN LA C/ SAN SALVADOR, 9, DE MÉRIDA, COMO MARÍA TELO
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece en su artículo 7.12 que es un objetivo irrenunciable que informará todas las políticas regionales y la práctica de las instituciones, la plena y efectiva igualdad de la mujer en todos los ámbitos de la vida pública, familiar, social, laboral, económica y cultural.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, que modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece en su artículo 3, que corresponde a la Presidencia de la Junta de Extremadura las competencias en materia de mujer, conciliación e igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI.
Por su parte, el Decreto 230/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, determina, en su artículo 2.3, que la Secretaría General de Igualdad y Conciliación se integra en la Presidencia, correspondiéndole la planificación y desarrollo de las políticas de igualdad y conciliación, así como la promoción de medidas sustentadas en la transversalidad de las políticas públicas dirigidas a prevenir y combatir la discriminación entre mujeres y hombres.
En ese sentido, la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura, tiene como objetivo principal garantizar la vinculación de los poderes públicos y el cumplimiento de la transversalidad, como instrumento imprescindible para el ejercicio de las competencias autonómicas en clave de género, reconociendo y combatiendo los diferentes tipos de discriminación y desventajas fruto de la combinación de desigualdades.
Por otro lado, el eje 3 del VI Plan Estratégico de Igualdad para las Mujeres y hombres en Extremadura, establece que la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres constituye un imperativo de las sociedades democráticas, que requiere de un profundo esfuerzo de actuaciones de sensibilización, concienciación y visibilización de referentes femeninos para remover las ideas sexistas, roles y estereotipos de género que contribuyen a perpetuar la desigualdad y reforzar los compromisos sociales por la igualdad y contra la violencia de género. De ahí que, en el ejercicio de estas competencias, y como una acción que contribuya a visibilizar a mujeres en esta lucha por la igualdad, se propone la denominación singular del edificio situado en la C/ San Salvador, 9, de Mérida, como un reconocimiento del perfil, la figura y la lucha de una mujer que fue una destacada jurista y feminista española, clave en la reforma del Código Civil para lograr la igualdad jurídica entre hombres y mujeres en España, maría telo.
Esta jurista nació en Cáceres en 1915 y se licenció en Derecho por la Universidad de Salamanca en 1944, en un contexto en el que la presencia femenina en el ámbito jurídico era muy reducida. Fue una de las primeras mujeres en ingresar en el Cuerpo Técnico de la Administración Civil del Estado, desempeñando su labor en el Ministerio de Agricultura. Durante su carrera, vivió en primera persona las restricciones que el Código Civil de 1889 imponía a las mujeres, como la necesidad de contar con la autorización del marido para trabajar o administrar sus bienes.
En 1973, fue nombrada miembro de la Comisión General de Codificación, siendo la primera mujer en ocupar dicho cargo. Desde esta posición, impulsó una profunda reforma legal que culminó en 1981 con la eliminación de preceptos que limitaban la capacidad jurídica de las mujeres. Entre los cambios más significativos, destacan:
La supresión del permiso marital, permitiendo a las mujeres trabajar y gestionar su patrimonio sin autorización del esposo.
La igualdad conyugal, reconociendo los mismos derechos y deberes para ambos cónyuges.
La restauración del derecho al divorcio, prohibido en España desde 1939.
La igualdad en la patria potestad, eliminando la preeminencia legal del padre sobre los hijos.
Más allá de su labor en la reforma legislativa, fue fundadora de la Asociación Española de Mujeres Juristas y participó activamente en la Federación Internacional de Mujeres de Carreras Jurídicas, promoviendo la defensa de los derechos de las mujeres a nivel nacional e internacional.
Por su contribución al derecho y a la igualdad de género, recibió numerosas distinciones, entre ellas la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort y la Medalla al Mérito Constitucional.
María Telo falleció en 2014, dejando un legado fundamental en la modernización del derecho español y en la consolidación de la igualdad jurídica entre hombres y mujeres. Su lucha y compromiso siguen siendo un referente en el ámbito jurídico y feminista.
Que este hecho simbólico sirva como reconocimiento a una defensora de los derechos de las mujeres en España, merecedora de dar su nombre a un edificio de estas características, centro administrativo y de atención a la ciudadanía extremeña en el que se ubica el Instituto de la Mujer de Extremadura.
Por ello, a propuesta de la Presidencia de la Junta de Extremadura y de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, el Consejo de Gobierno, en su sesión de 24 de febrero de 2025,
ACUERDA:
Primero. Establecer la denominación singular del edificio en el que se ubica el Instituto de la Mujer de Extremadura, ubicado en la c/ San Salvador, 9, de Mérida, como María Telo .
Segundo. Ordenar su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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