ANUNCIO de 27 de febrero de 2025 por el que se da publicidad de las asociaciones beneficiarias de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2024 al amparo del Decreto 64/2024, de 2 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2024.
TEXTO ORIGINAL
El Decreto 64/2024, de 2 de julio (DOE n.º 146, de 29 de julio), establece las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, convocando las ayudas para el ejercicio 2024 en su disposición adicional única.
El objeto de esta ayuda es establecer en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las bases reguladoras de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, destinadas a asociaciones de criadoras y criadores de ganado que hayan sido reconocidas para aplicar un programa de cría aprobado por la autoridad competente y otras asociaciones de ámbito autonómico reconocidas por la autoridad competente colaboradoras en la realización de las actividades recogidas en el programa de difusión de dichas razas, dentro de las actuaciones incluidas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria de España 2023-2027, Intervención 6505.2, Actividades de conservación de recursos genéticos NO SIGC , cofinanciadas a través el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75%. tal y como se establece en el apartado 8 de la disposición adicional única del Decreto 64/2024, de 2 de julio. Deberán cumplir igualmente los requisitos del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre.
Las asociaciones beneficiarias de estas ayudas, así como los requisitos que deben cumplir, vienen detallados en el artículo 3 del citado decreto.
En el artículo 4 se detallan las actividades subvencionables, que serán aquellos gastos comprendidos dentro de las actuaciones de: creación o mantenimiento de libros genealógicos, de la implantación y desarrollo del programa de mejora (conservación y/o selección) y de los programas de difusión de la mejora.
La cuantía máxima de las ayudas para las actuaciones orientadas a la conservación, caracterización, recopilación y utilización de recursos genéticos en la ganadería será la siguiente:
— 100% gastos subvencionables en las actuaciones de gestión de los libros genealógicos.
— 70% gastos subvencionables en las actuaciones de implantación y desarrollo del programa de mejora (conservación y/o selección) oficialmente reconocido para la raza.
— 100% gastos subvencionables relativos a las actuaciones de los programas de difusión de la mejora.
Siendo los valores máximos de subvención por asociación:
— Para los gastos comprendidos dentro de la gestión de libros genealógicos será de 80.000,00 euros.
— Para los gastos comprendidos dentro de las actuaciones de implantación y desarrollo del programa de mejora será de 50.000,00 euros.
— Para los gastos comprendidos dentro de las actuaciones de los programas de difusión de la mejora será de 30.000,00 euros.
El artículo 8 del citado decreto indica que las subvenciones concedidas serán publicadas en el DOE y en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputa, beneficiarias, cantidades concedidas y finalidades de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, se procede a publicar en el listado anexo la relación de asociaciones beneficiarias indicando la ayuda concedida a cada una y cuya finalidad es subvencionar los gastos comprendidos dentro de la gestión de libros genealógicos, de actuaciones de implantación y desarrollo del programa de mejora y gastos de actuaciones de los programas de difusión de la mejora para el ejercicio 2024 por un importe total de un millón doscientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos dos euros con cincuenta y dos céntimos (1.258.402,52 €) financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/47000 FR23700502 20230335.
Mérida, 27 de febrero de 2025. El Jefe de Servicio de Producción Agrícola y Ganadera, JOSÉ MARÍA GUERRERO PÉREZ.
ANEXO
NIF
|
Beneficiarias
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Ayuda concedida (€)
|
---|
G-0626****
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Asociación Nacional de Ganaderos de Raza Blanca Cacereña
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38.303,90
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G-0540****
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Asociación del Asno de Pura Raza Andaluza
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5.051,75
|
G-0631****
|
Asociación Nacional de Criadores de Caprino de Raza Verata
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98.494,61
|
G-0627****
|
Asociación Extremeña de Ganado Vacuno Berrenda
|
60.955,20
|
G-0640****
|
Asociación de Criadores de Caprino de Raza Retinta Extremeña
|
32.104,04
|
G-0659****
|
Asociación de Criadores de Gallinas de Raza Extremeña Azul
|
37.814,08
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G-1445****
|
Asociación Nacional de criadores de caprino de raza Florida
|
125.211,22
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G-7821****
|
Asociación Nacional de Criadores de Ganado Vacuno Selecto Raza Retinta
|
153.290,00
|
G1822****
|
Asociación Nacional de Criadores de Caprino de Raza Murciano Granadina
|
72.924,63
|
G-2832****
|
Asociación Española de Criadores de Raza Avileña Negra Ibérica
|
149.110,00
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G-2879****
|
Asociación Nacional de Criadores de Ganado Merino
|
119.312,74
|
G-0605****
|
Asociación de Criadores de Cerdo Ibérico
|
144.045,27
|
G-2855****
|
Unión de Criadores de Toros de Lidia
|
123.159,65
|
G-4107****
|
Asociación Nacional de Criadores de Caballos P.R.E.
|
50.618,73
|
G-1005****
|
Asociación Extremeña de Criadores de caballos Pura Raza Española
|
48.006,70
|