RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se acuerda la apertura de un periodo de consulta, audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
TEXTO ORIGINAL
A través de los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura se reconoce el derecho de los ciudadanos a participar en la elaboración de disposiciones de carácter general mediante la remisión de sugerencias. Para que dicha participación sea efectiva, se establece que la Administración Autonómica publicará los procedimientos de elaboración normativa que estén en curso, indicando su objeto, estado de tramitación y el proyecto normativo.
En este mismo sentido el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, estableciendo que:
1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias .
Por su parte los apartados 3 y 4 del artículo 66 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura regulan un periodo de información pública Cuando el proyecto afecte a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.
Teniendo en cuenta que estamos ante un proyecto normativo referente a bases reguladoras de una serie de líneas de ayudas financiables con fondos europeos, de acuerdo con el artículo 24.1 del Decreto Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en estos casos, las bases reguladoras se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno y el procedimiento se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieren resultar interesados, durante un plazo común de siete días naturales contados desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de la Transparencia y Participación Ciudadana de la Junta de Extremadura.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
La apertura de un periodo de 7 días naturales a contar desde la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura en base a lo siguiente:
a) Antecedentes de la norma.
El desarrollo de los sistemas de recogida separada en orden a la recuperación y valorización de los residuos en el entorno urbano ha puesto de manifiesto la existencia de algunos tipos de residuos municipales a los que es preciso dar una gestión diferenciada. A este respecto la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas ( Directiva Marco de Residuos ) y la Directiva 2018/851/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, hacen hincapié en el reciclado otorgándole un puesto destacado en la Jerarquía de Residuos establecida. Esta Directiva marca como objetivos la preparación para la reutilización y el reciclado de residuos municipales hasta un mínimo del 55, 60% y 65 % en el año 2025, 2030 y 2035 respectivamente. En cuanto a biorresiduos, los Estados miembros garantizarán que antes de 2024, éstos, bien se separen y reciclen en origen, o bien se recojan de forma separada y no se mezclen con otros tipos de residuos.
La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2018/851, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, tiene por objeto: regular el régimen jurídico aplicable a la puesta en el mercado de productos en relación con el impacto en la gestión de sus residuos, así como el régimen jurídico de la prevención, producción y gestión de residuos, incluyendo el establecimiento de instrumentos económicos aplicables en este ámbito, y el régimen jurídico aplicable a los suelos contaminados , y atribuye a las entidades locales como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios en la forma en que establezcan sus respectivas ordenanzas en el marco jurídico de lo establecido en la norma estatal, de las que en su caso dicten las Comunidades Autónomas y de la normativa sectorial en materia de responsabilidad ampliada del productor. Así mismo, las Entidades Locales podrán gestionar los residuos comerciales no peligrosos y los residuos domésticos generados en las industrias en los términos que establezcan sus ordenanzas. Esta Ley, en el artículo 17, marca como objetivo de reducción en peso de los residuos generados, conforme al siguiente calendario: en 2025, un 13% respecto a los generados en 2010, y en 2030, un 15%, respecto a los generados en 2010.
Las entidades locales, para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 25, adoptarán las medidas necesarias para la separación y el reciclado en origen de la fracción orgánica (biorresiduos) mediante su compostaje doméstico y comunitario, en especial en entidades locales cuya población sea inferior a 1000 habitantes, o su recogida separada y posterior transporte y tratamiento en instalaciones específicas de reciclado, prioritariamente de compostaje y digestión anaerobia o una combinación de ambas, y que no se mezclen a lo largo del tratamiento con otros tipos de residuos.
Por otro lado, el Plan Integrado de Residuos de Extremadura (PIREX)2023-2030, señala que hay que priorizar las inversiones en la mejora de las distintas recogidas separadas de los residuos municipales, incluida especialmente la fracción orgánica, de modo que se generalice en Extremadura el modelo de recogida separada en cinco fracciones principales (materia orgánica, envases ligeros, papel y cartón, vidrio y resto). También se debe incidir en la mejora continua de las instalaciones públicas del tratamiento de residuos municipales (ecoparques), asegurando la implantación de las mejores técnicas disponibles (MTD) y la mejora de sus rendimientos en la recuperación de materiales. Asimismo, se debe fomentar el compostaje doméstico y comunitario de la materia orgánica. Resulta clave aumentar transparencia en la fiscalidad de los residuos domésticos, teniendo como objetivo a medio plazo el pago por generación, bonificando el esfuerzo de aquellos ciudadanos que separen y depositen adecuadamente sus residuos.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
La Junta de Extremadura consciente de la importancia de esta materia, así como de las limitaciones que en muchas ocasiones tiene la implementación de ciertas medidas y mejoras para la administración local, establece una serie de líneas de ayudas, tendente a facilitar una recogida separada de residuos, que facilite la prevención, la preparación para la recuperación y el reciclado de los mismos. Estas ayudas, además, están destinadas a su licitación pública por parte de las entidades beneficiarias, garantizando la pública concurrencia, con el fin de fomentar el empleo a través de empresas locales. Los últimos datos estadísticos publicados en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, correspondientes al año 2021, muestran que la cantidad de residuos municipales destinados a la preparación para la reutilización y el reciclado en la Comunidad Autónoma de Extremadura se situaron en el 46,84%, por lo que está justificada el establecimiento de estas líneas de ayuda para alcanzar los objetivos ecológicos establecidos.
Las medidas incluidas promueven la economía circular, tienen por finalidad la mejora de las infraestructuras medioambientales en el ámbito de los residuos, así como la reducción de la generación de los residuos y la mejora de los sistemas de gestión de los mismos; todos ellos ámbitos señalados en el Pacto Verde para alcanzar el objetivo de neutralidad climática en 2050, en el marco del Pacto Verde Europeo.
Al mismo tiempo, las actuaciones subvencionables son plenamente coherentes con los elementos del Pacto Verde Europeo al estar en línea con los principios de la Economía Circular y el II Plan de acción de la COM, y contribuyen en su totalidad a alcanzar los objetivos en el ámbito de los residuos que forman parte de la transición verde .
Asimismo las medidas del plan forman parte íntegramente de los objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) 2020/852 de 18 de junio de 2020 relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, concretamente el objetivo d) transición hacia una economía circular , aunque no exclusivamente, dado que las medidas también contribuirán a los objetivos a) mitigación del cambio climático; e) prevención y control de la contaminación; y f) protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas .
También se debe tener en cuenta que estas medidas incluidas en el Plan de acción contribuyen a la consecución de los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, donde se prevé para el conjunto de los sectores difusos, entre ellos el de residuos, una reducción en 2030 del 39% respecto a los niveles del año 2005.
El establecimiento de las ayudas que contempla este decreto contribuye al objetivo fundamental de fijación de la población en el medio rural, al favorecer el bienestar general y dinamizar procesos de economía circular que pueden crear actividad y empleo. Por ese motivo, esta actuación se considera una medida adecuada de la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
Por otro lado, las actuaciones objeto de este decreto, están incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, dentro del Eje Transición Ecológica , política palanca V Moderni¬zación y digitalización del tejido industrial y de la pyme, recuperación del turismo e impulso a una España nación emprendedora Componente 12 “Política Industrial España 2030”, Inver¬sión C12.I3 “Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al fomento de la economía circular” y en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente, en su reunión del 14 de abril de 2021 y de 20 de junio de 2022, donde se aprobaron los criterios objetivos de distribución y la distribución territorial de los créditos presupuestarios entre las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, destinados a la realización del proyecto de inversión relativo al Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, Programa de Economía Circular y Plan de Impulso al Medio Ambiente- PIMA Residuos, y por las cuales se procedió a la aprobación del Decreto 152/2021, de 29 de diciembre (DOE núm. 251, de 31 de diciembre de 2021), por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea NextGenerationEU. Tras efectuar dos convocatorias de ayudas del Decreto 152/2021, de 29 de diciembre, se ha considerado conveniente actualizar su contenido, aprovechando la experiencia adquirida.
Estas actuaciones contribuyen al objetivo CID/OA 187 C12.I3 Finalización de proyectos de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa , que consiste en la finalización de al menos 30 proyectos aprobados por el MITERD de apoyo a la aplicación de la legislación sobre residuos y fomento de la economía circular en la empresa, que se ajusten a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de no causar un perjuicio significativo (DO C 58 de 18.2.2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional. Las acciones en el marco de esta inversión relacionadas con plantas de tratamiento mecánico-biológico solo se llevarán a cabo en plantas de tratamiento mecánico-biológico existentes, cuando dichas acciones tengan por objeto aumentar su eficiencia energética o su reacondicionamiento para operaciones de reciclaje de residuos separados, como el compostaje y la digestión anaerobia de biorresiduos, siempre que tales acciones no conlleven un aumento de la capacidad de tratamiento de residuos de las plantas o a una prolongación de su vida útil, que se verificará a nivel de planta”.
En cumplimiento con el principio de no causar un daño significativo al medioambiente (DNSH), las ayudas reguladas con el presente decreto han sido evaluadas en los principios establecidos en el Reglamento de Taxonomía, a los seis objetivos medioambientales definidos en el Reglamento (UE) n.º 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, la evaluación ha concluido que solo para el principio de transición hacia la economía circular, era preciso realizar una evaluación sustantiva, la cual ha resultado favorable, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión, conforme a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de no causar un perjuicio significativo en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Según el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, uno de esos principios es el refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude la corrupción y los conflictos de interés. A tal efecto, con fecha de 24 de marzo de 2022 se publica en DOE el Decreto 20/2022, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Plan de medidas contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se regula la estructura organizativa para su puesta en funcionamiento
En cuanto al etiquetado verde y digital, las inversiones recogidas en el presente decreto están recogidas en el Anexo VI del Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con campo de intervención 042 Gestión de residuos domésticos: medidas de prevención, minimización, separación, reutilización y reciclado, con contribución al 100% al objetivo medioambiental. Igualmente, las mismas no tienen contribución al etiquetado digital.
c) Los objetivos de la norma.
El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobar su primera convocatoria, cofinanciadas con fondos provenientes de Transferencia del Estado con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía .
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No existen y/o no constan soluciones alternativas regulatorias, para la mejora de las infraestructuras medioambientales en el ámbito de los residuos, así como la reducción de la generación de los residuos y la mejora de los sistemas de gestión de los mismos.
Asimismo, se pone a disposición de los interesados el proyecto normativo con el fin de que puedan formularse las proposiciones, sugerencias o recomendaciones que se estimen oportunas.
Las opiniones, proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través del siguiente correo electrónico dgsostenibilidad.tes@juntaex.es.
El horario y lugar de exposición del proyecto normativo será, durante los días señalados, de 10:00 a 14:00 horas, en las dependencias del Servicio de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad, sitas en Avda. Luis Ramallo s/n.
El proyecto normativo también estará a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, así como en el portal de la Dirección General de Sostenibilidad extramambiente-juntaex.es
Mérida, 27 de febrero de 2025. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.
ANEXO
FORMULARIO DE CONSULTA PÚBLICA
Proyecto normativo de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la Administración Local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU
Aspectos planteados
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Sugerencias de los interesados
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1. Identificación de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
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2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
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3. Posibles soluciones alternativas regulatorias o no.
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