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RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 17 de febrero de 2025, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el sector de comercio en general de la provincia de Cáceres para los años 2023-2025, en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales provisionales correspondientes a la anualidad 2025 en el ámbito de aplicación del citado convenio.
DOE Número: 52
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 17 de marzo de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios Colectivos.
Página Inicio: 13769
Página Fin: 13773
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Visto el texto del Acta, de fecha 17 de febrero de 2025, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para el sector del comercio en general de la provincia de Cáceres para los años 2023-2025 (código de convenio 10000055011982, publicado en DOE de 27 de julio de 2023), en la que se acordó el establecimiento de las tablas salariales provisionales correspondientes a la anualidad 2025 en el ámbito de aplicación del citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 5 de marzo de 2025.
La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA
ACTA DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO PROVINCIAL DE COMERCIO DE LA PROVINCIA DE CÁCERES
Siendo las 10:00 horas del día 17 de febrero de 2025 se reúnen telemáticamente los miembros de la mesa negociadora del convenio de comercio general de la provincia de Cáceres, de una parte, las centrales sindicales CCOO, UGT y CSIF, y de otra parte la FEC y la FEP. Reconociéndose ambas partes capacidad suficiente para este acto.
Por CCOO: Carmen Suárez Fornelino y Francisco Robles González.
Po UGT: Teresa Hernández Alcón, Juan Carlos Marcelo Martín, Lucía Zamorano Corchado y Gema Bolaños Montaña .
Por CSIF: M.ª Jesús Serrano García- Ortega y África García Man.
Por FEC y FEP respectivamente: Pedro Rosado Alcántara y Francisco Sánchez Guijo.
Abierta la sesión y con el siguiente orden del día,
ACUERDAN
Primero y único. Establecer la tabla salarial provisional para 2025 de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Convenio Colectivo de referencia, es decir con el incremento del 3% sobre los salarios definitivos del 2024 y resto de conceptos económicos, con efectos desde el 1 de enero de 2025.
Se adjunta tabla salarial en Anexo.
Se acuerda autorizar a Teresa Hernández Alcón, para efectuar los trámites necesarios en la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura a efectos de registro y publicación de esta acta y tabla salarial.
Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, en el lugar y fecha arriba indicado.
CCOO UGT CSIF
FEC FEP
TABLA SALARIAL 2025 (PROVISIONAL) CONVENIO COMERCIO GENERAL CÁCERES
CATEGORÍA PROFESIONAL SALARIO BASE MENSUAL 2025 CUATRIENIO 2025 PLUS COMPENSATORIO MENSUAL2025 PLUS AD PERSONAM MENSUAL 2025
GRUPO I
Tit. Grado Superior 1.224,01 € 61,20 € 63,35 € 28,64 €
Tit. Grado Medio 1.120,46 € 56,02 € 63,35 € 26,21 €
GRUPO II
Director 1.279,17 € 63,96 € 63,35 € 29,93 €
Jefe/a de División 1.212,97 € 60,64 € 63,35 € 28,38 €
Jefes o encargados generales 1.212,97 € 60,64 € 63,35 € 28,00 €
Jefe de Sucursal, Supermercado, Almacén o Grupo 1.212,97 € 60,64 € 63,35 € 26,22 €
Jefe de Sección o Servicio 1.212,97 € 60,64 € 63,35 € 25,29 €
Encargado Establecimiento 1.212,97 € 60,64 € 63,35 € 24,76 €
Viajante y Corredor Plaza 1.037,82 € 51,89 € 63,35 € 24,28 €
Dependiente 1.053,29 € 52,66 € 63,35 € 24,64 €
Dependiente Mayor 1.158,61 € 57,93 € 63,35 € 27,11 €
Ayudante 929,35 € 46,46 € 63,35 € 21,61 €
GRUPO III
Director 1.279,17 € 63,96 € 63,35 € 29,93 €
Jefe de División 1.212,97 € 60,64 € 63,35 € 28,38 €
Jefe Administrativo 1.212,97 € 60,64 € 63,35 € 26,76 €
Secretario 1.108,10 € 55,40 € 63,35 € 25,93 €
Jefe Sección Administrativo 1.212,97 € 60,64 € 63,35 € 25,66 €
Contable y Cajero 1.066,41 € 53,32 € 63,35 € 24,95 €
Oficial Administrativo 1.053,29 € 52,66 € 63,35 € 24,64 €
Auxiliar Administrativo 961,30 € 48,06 € 63,35 € 22,48 €
Auxiliar de Caja 951,25 € 47,57 € 63,35 € 22,26 €
GRUPO IV
Escaparatista 1.081,20 € 54,06 € 63,35 € 25,29 €
Ayudante de escaparatista 929,35 € 46,46 € 63,35 € 21,40 €
Visitador 963,19 € 48,16 € 63,35 € 22,54 €
Cortador 1.022,22 € 51,11 € 63,35 € 23,91 €
Ayudante Cortador 955,43 € 47,77 € 63,35 € 22,35 €
Jefe de Taller 1.212,97 € 60,64 € 63,35 € 24,24 €
Personal Oficio 1ª 1.024,31 € 51,21 € 63,35 € 23,97 €
Personal Oficio 2ª 998,09 € 49,90 € 63,35 € 23,36 €
Personal Oficio 3ª 961,30 € 48,06 € 63,35 € 22,48 €
Encargado de mozos 1.003,30 € 50,16 € 63,35 € 23,48 €
Mozo Especializado 961,30 € 48,06 € 63,35 € 22,48 €
Telefonista 929,35 € 46,46 € 63,35 € 21,41 €
Mozo 929,35 € 46,46 € 63,35 € 21,41 €
GRUPO V
Conserje 1.000,96 € 50,05 € 63,35 € 23,42 €
Cobrador 1.012,06 € 50,60 € 63,35 € 23,67 €
Vigilante 929,35 € 46,46 € 63,35 € 21,41 €
Personal de Limpieza (Horas) 6,91 €
COMPLEMENTOS PLUSES AÑO 2024
Plus De Transporte DIARIO 3,85 €
Plus de Transporte MES 11 pagas 100,56 €
Seguros de Accidentes 14.792,86 €
Media Dieta 9,24 €
Dieta Completa 15,41 €
Kilometraje 0,35 €
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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