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ANUNCIO de 12 de marzo de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.
DOE Número: 55
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 20 de marzo de 2025
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: AYUNTAMIENTO DE VALDEHORNILLOS
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 14587
Página Fin: 14587
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
En el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el artículo 80 de la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura, mediante Resolución de Alcaldía de esta entidad con fecha 10 de marzo de 2025, se aprobó la Oferta de Empleo Público correspondiente a la plaza que a continuación se reseña para el año 2025.
Personal funcionario:
Administración General Promoción Interna:
Grupo Subgrupo Clasificación Denominación Provisión
C C2 Funcionario/a Auxiliar Administrativo Promoción interna cruzada
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. Cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Valdehornillos, 12 de marzo de 2025. El Alcalde-Presidente, VÍCTOR MANUEL MENACHO LABRADOR.
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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