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ANUNCIO de 11 de marzo de 2025 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de modificado de puesta en riego por goteo de 148,7071 ha de olivar mediante aguas superficiales de río Guadiana (Canal de las Dehesas), ubicado en el paraje "Los Matos", en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz), cuyos promotores son Diego Romero Álvarez, Aurora Delgado Romero, Concepción Delgado Romero, Alfredo Álvarez del Río, José M.ª Gallardo Tercero, Juan Francisco Gutiérrez Rodríguez y Los Matos, SL. Expte.: IA24/1957.
DOE Número: 55
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 20 de marzo de 2025
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 14579
Página Fin: 14580
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto de modificado de puesta en riego por goteo de 148,7071 ha de olivar mediante aguas superficiales de río Guadiana (Canal de las Dehesas), ubicado en el paraje Los Matos , en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz), podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/EvaluacióndeImpactoAmbientaldeProyectos/EvaluaciónAmbientalOrdinaria/.
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido en el anexo I grupo 1 punto c) del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura
El proyecto consiste en el modificado de una concesión de riego, pasando de 86,1865 ha a 148,7071 ha de olivar, en el paraje Los Matos en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz). Los terrenos están dedicados al cultivo históricamente. Se encuentran situados fuera de la Red Natura 2000. El marco de plantación es diferente según los distintos promotores.
El agua necesaria para el riego de la zona de actuación planteada provendrá de una solicitud de concesión de aguas superficiales, totalizando a 342.680,89 m3/año, provendrán de una toma directa del Canal de las Dehesas, en el pk 38,400. El periodo de riego previsto es de abril a septiembre, ambos incluidos.
La toma de agua es común a todos los promotores. De ahí va a una caseta en la que se divide para cada uno de los promotores con un contador individualizado según las diferentes dotaciones.
Los promotores del proyecto son Diego Romero Álvarez, Aurora Delgado Romero, Concepción Delgado Romero, Alfredo Álvarez del Río, José M.ª Gallardo Tercero, Juan Francisco Gutiérrez Rodríguez y Los Matos, SL.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a laDirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 16/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la calificación rústica, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 11 de marzo de 2025. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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