Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

ANUNCIO de 17 de marzo de 2025 por el que se somete a información oficial y pública el proyecto denominado Autovía EX-A1, de Navalmoral de la Mata a Portugal (dos lotes). Lote 1: tramo: Coria/Moraleja-Portugal. Subtramo: Moraleja Oeste-Cilleros. Provincia de Cáceres.
DOE Número: 62
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 31 de marzo de 2025
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 16710
Página Fin: 16711
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, de fecha 3 de marzo de 2025, se ha aprobado provisionalmente el proyecto de trazado denominado Autovía EX-A1, de Navalmoral de la Mata a Portugal (dos lotes). Lote 1: tramo: Coria/Moraleja-Portugal. Subtramo: Moraleja Oeste-Cilleros. Provincia de Cáceres .
Asimismo, se ha acordado someter el citado proyecto a información oficial y pública, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 13 y siguientes de la Ley 7/1995, de 27 de abril, de Carreteras de Extremadura, en relación con el artículo 34 del Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras, aplicable por la disposición transitoria 1.ª de la citada Ley 7/1995, de 27 de abril.
En consecuencia, en cumplimiento de lo acordado por la Dirección General de Infraestructuras Viarias, se somete el citado el proyecto de trazado denominado Autovía EX-A1, de Navalmoral de la Mata a Portugal (dos lotes). Lote 1: tramo: Coria/Moraleja-Portugal. Subtramo: Moraleja Oeste-Cilleros. Provincia de Cáceres a información oficial y pública durante un plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
La citada resolución de aprobación provisional y la documentación relativa al proyecto podrán ser consultados en la página web
(https://www.juntaex.es/temas/infraestructuras-y-transporte/infraestructuras-viarias) a fin de que, en el plazo concedido, puedan realizar las alegaciones que estimen convenientes en relación con el proyecto.
Las observaciones o alegaciones podrán presentarse de la siguiente manera:
— Personas físicas: En las oficinas que realicen las funciones de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes o en los Registros que señala el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrán presentarse telemáticamente, a través del Registro electrónico General de la Administración General del Estado (https://reg.redsara.es/), dirigiendo el escrito a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura o a través del Registro Electrónico de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/).
— Personas jurídicas: Exclusivamente de manera telemática, a través del Registro electrónico de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/) o mediante el Registro General de la Administración General del Estado (https://reg.redsara.es/), dirigiendo el escrito a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015.
Mérida, 17 de marzo de 2025. El Director General de Infraestructuras Viarias, DAVID HERRERO RUBIO.
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

Otras Opciones

2025 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal