RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se establece el procedimiento para la reducción de zonas por las personas integrantes de las listas de espera resultantes de los procesos selectivos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición.
TEXTO ORIGINAL
En cumplimiento de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público, con fecha de 28 de julio de 2022 se aprobó por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el Acuerdo para el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura negociado en Mesa Sectorial de Administración General y Comisión Negociadora para el personal laboral de 30 de junio de 2022 (DOE n.º 151, de 5 de agosto). En dicho acuerdo, entre otros aspectos, se regulan las listas de espera resultantes de dichos procesos y la prioridad de las mismas.
En consecuencia y de conformidad con lo anterior mediante Órdenes de 28 de diciembre de 2022, modificadas por Órdenes de 17 de diciembre de 2024, se convocaron, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, procesos selectivos para el acceso a plazas vacantes de los distintos Cuerpos y Especialidades y Escala y Especialidad de personal funcionario y de las distintas Categorías y Especialidades de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el procedimiento de concurso-oposición y por el sistema excepcional de concurso de méritos.
A los efectos de la constitución de las listas de espera, con objeto de lograr que sean un instrumento ágil y eficaz, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 29 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, en la redacción dada por el Decreto 55/2023, de 24 de mayo, las citadas convocatorias contemplaban, en términos similares a procesos selectivos anteriores, que las personas aspirantes marcarán en la solicitud de participación la zona o zonas en la que deseaban figurar para el supuesto de que no superasen el proceso selectivo. Sin embargo, las especiales características de los procesos de estabilización conllevaron que esa zonificación no se pudiera realizar a través de la solicitud.
En tal sentido la nueva redacción del apartado 2 de la base duodécima de la Orden de convocatoria introducida por la modificación llevada a cabo por la Orden de 17 de diciembre de 2024, establece que por Resolución de la Dirección General de Función, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, se establecerá el procedimiento para articular la zonificación de las listas de espera que resulten constituidas, y la forma por la que los integrantes de estas puedan solicitar la reducción de las zonas en que deseen figurar.
En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, esta Dirección General, en virtud de las competencias atribuidas en material de personal por el Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal y de conformidad con lo establecido en el apartado 2 de la base duodécima de la Orden de convocatoria, en la redacción dada por la Orden de 17 de diciembre de 2024,
RESUELVE:
Primero. De conformidad con el apartado 2.4 del Acuerdo para el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura negociado en Mesa Sectorial de Administración General y Comisión Negociadora para el personal laboral de 30 de junio de 2022 se constituirá para cada uno de los Cuerpos y Especialidades de personal funcionario y por cada una de las categorías y especialidades de personal laboral una lista de espera específica derivada del procedimiento por concurso-oposición.
Formarán parte de dichas listas de espera, las personas aspirantes que superen el ejercicio de la fase de oposición y, en el caso, de aquellas especialidades en las que se exija la realización de una prueba de aptitud física, además, sean declarados apto , ordenadas exclusivamente por la puntuación obtenida en la fase de oposición.
Segundo. En aplicación de lo previsto en el artículo 29.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 201/1995, se entenderá que las personas integrantes de las citadas listas de espera figurarán en todas las zonas, salvo que soliciten la reducción de las mismas, de conformidad con lo previsto en la presente resolución.
Tercero. El procedimiento para que las personas integrantes de las listas de espera resultantes de los procesos selectivos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición soliciten la reducción de zonas será el siguiente:
1. Participantes en el procedimiento para la solicitud de reducción de zonas.
Únicamente deberán presentar la correspondiente solicitud de reducción de zonas las personas integrantes de la lista de espera que no quieran formar parte de todas las zonas, indicando la zona o zonas en la que no desean figurar para el supuesto de que no superen el proceso selectivo.
Las personas integrantes de la lista de espera que deseen figurar en todas las zonas no tienen que presentar la solicitud de reducción de zonas.
2. Solicitudes para la renuncia a zona/s.
2.1. Plazo de presentación de solicitudes para la renuncia a zona/s.
Las personas aspirantes deberán presentar la solicitud para la renuncia a zonas en el plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución.
2.2. Procedimiento para la presentación de la solicitud de reducción de zona/s.
Se presentará una solicitud de renuncia a zona o zonas por cada una de las listas de espera resultantes de los procesos de estabilización, por el procedimiento de concurso-oposición de las que vaya a formar parte por haber superado el ejercicio de la fase de oposición.
— No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a disposición en la ruta especificada en este apartado.
— La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales que se indican a continuación, ni de hacerlo en el plazo.
— La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá que se entienda que la persona aspirante formará parte de todas las zonas.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que fuera posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.
Para presentar la solicitud de renuncia de zona o zonas en las listas de espera resultantes de la estabilización deberán realizarse los siguientes pasos:
1º. Descarga de la solicitud de renuncia a zona.
2º. Cumplimientación de la solicitud de renuncia a zona.
3º. Registro de la solicitud de renuncia a zona.
1.º DESCARGA DE LA SOLICITUD DE RENUNCIA A ZONA.
1. Acceda al Portal del Candidato mediante la página web de la Junta de Extremadura https://procesoselectivo.juntaex.es/portalseleccionjunta , usando el certificado electrónico de persona física de la FNMT, DNIe o tarjeta criptográfica de empleado público con el cual se haya dado de alta.
2. Una vez haya entrado en el Portal del Candidato , acceda al apartado Mi Perfil y dentro de él, “Mi documentación”.
3. En el apartado Tipo de Documentación aparecerá un fichero en pdf denominado Solicitud Renuncia Zona en Estabilización por cada lista de espera resultantes de los procesos de estabilización, por el procedimiento de concurso-oposición, de la que forme parte. En la columna “Descripción” se identifica el cuerpo, categoría y especialidad.
4. Descargue todos y cada uno de los ficheros en pdf, y, con ello, todas y cada una de las solicitudes de renuncia a zona.
2.º CUMPLIMIENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE RENUNCIA A ZONA.
5. Proceda a la cumplimentación de cada solicitud para lo cual únicamente debe marcar la zona o zonas a las que renuncia.
6. Tras comprobar que la zona o zonas marcadas es correcta, guarde cada solicitud de renuncia a zona.
3.º REGISTRO DE LA SOLICITUD DE RENUNCIA A ZONA.
7. Una vez descargada y cumplimentada la solicitud de renuncia a zona deberá proceder a su registro para lo cual podrá bien registrarla de forma telemática en el Registro Electrónico de la Junta de Extremadura o en el de la Administración General del Estado, bien registrarla de forma presencial en las oficinas que se indican a continuación.
— Registro de forma telemática:
El registro de la solicitud y de los documentos de modo telemático se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura a través de la dirección:
https://sede.juntaex.es
Para ello, una vez se verifique su identidad, se cumplimentará una nueva solicitud seleccionando como DIR3/Unidad de destino A11038513. Renuncias zonas estabilización.
Seguidamente adjuntará la solicitud de renuncia a zona o zonas debidamente cumplimentada para lo cual deberá adjuntar el pdf anteriormente descargado y cumplimentado.
Una vez registrada su solicitud podrá comprobar que lo ha realizado correctamente accediendo al justificante de registro desde la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/ ), a través del acceso Consulta de Anotaciones de Registro , para lo cual deberá identificarse mediante certificado digital o Cl@ve.
O bien, se podrá realizar a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado:
https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html
Para la utilización de cualquiera de los registros referidos, las personas solicitantes habrán de disponer de DNI electrónico o certificado digital.
Si no disponen de ellos podrán obtenerlos a través de las siguientes direcciones electrónicas:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
http://www.cert.fnmt.es/
— Registro de forma presencial:
En caso de no optar por la presentación telemática, una vez cumplimentada, deberán imprimir, no debiéndose añadir datos a mano en la solicitud impresa, ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla en cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de registro indicados a continuación:
En cualquiera de las oficinas incluidas en el anexo a la Resolución de la Consejera de Hacienda y Administración Pública por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se realizará en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el personal funcionario de Correos, antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.
Las solicitudes presentadas por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de una Oficina de Correos se dirigirán a la Dirección General de la Función Pública, avenida Valhondo, s/n., (Edificio Mérida III Milenio ) de la localidad de Mérida.
Cuarto. Finalizado el plazo establecido en la presente resolución, no se tendrá en cuenta ninguna solicitud para la modificación de zonas de las listas de espera resultantes de la estabilización hasta la publicación de la correspondiente resolución por la que se constituyen las distintas listas de espera, y siempre que las mismas consistan en reducción de número de zonas inicialmente cumplimentadas.
Quinto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 26 de marzo de 2025.
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO