EXTRACTO de la convocatoria incorporada al Decreto 12/2025, de 11 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 823462
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
La convocatoria tiene por objeto, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el régimen de ayudas para la actuación: Apoyo a las inversiones en instalaciones de riego en el seno de explotaciones agrarias , conforme al artículo 74 del Reglamento (UE) n.º 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, y a la Intervención 6841.2 Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas, ya sea en régimen de titularidad única o en régimen de titularidad compartida, así como las personas jurídicas, titulares de explotaciones agrarias, siempre y cuando reúnan los requisitos del artículo 4 de las bases reguladoras.
Quedan excluidas de este régimen de ayudas las entidades de derecho público y las entidades sin ánimo de lucro, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten.
Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por lo dispuesto en el Decreto 12/2025, de 11 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Financiación y cuantía.
La financiación de las ayudas previstas en esta convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 230040000 G/353A/77000 FR23744102 de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en el proyecto de gasto 20240383 7441.2 Implantación de sistemas eficientes de riego y/o energía en explotaciones agrarias (6841.2 PEPAC) . El importe total de la convocatoria de ayudas será de tres millones de euros (3.000.000,00 €), conforme a las siguientes anualidades e importes:
— Anualidad 2026: 1.000.000 €.
— Anualidad 2027: 2.000.000 €.
El gasto correspondiente a estas ayudas está cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 75 %, por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por la Junta de Extremadura, de acuerdo con los recursos económicos asignados a la Intervención 6841.2 Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
El importe máximo de la inversión subvencionable se establece en 150.000 euros por persona beneficiaria y convocatoria, siendo el importe de la subvención de hasta un 65 % de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 1 mes, computados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es/ y del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y se dirigirán a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura.
La presentación de las solicitudes, tanto por las personas físicas como jurídicas, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es ), dentro de la ficha correspondiente al trámite https://www.juntaex.es/w/3140 , en la forma establecida en el artículo 11 de este decreto e irán acompañadas de la documentación exigible en el artículo 12 del mismo.
Mérida, 21 de marzo de 2025.
La Secretaria General,
ISABEL GUTIÉRREZ DE LABARREDA MENA