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RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2025, del Consejero, por la que se concede la Medalla al Mérito en Protección Civil de Extremadura.
DOE Número: 64
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 02 de abril de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Honores y Distinciones.
Página Inicio: 17142
Página Fin: 17143
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Vista la propuesta de resolución, de fecha 19 de marzo de 2025, de la Comisión de Valoración para la concesión de la Medalla al Mérito en Protección Civil de Extremadura, se dicta la presente resolución con base a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. La Ley 10/2019, de 11 de abril, de protección civil y de gestión de emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, crea, en su artículo 10, la Medalla al Mérito y menciones de honor en protección civil, que podrá recaer en particulares y/o instituciones, públicas o privadas y que será otorgada por resolución de la persona que ostente la titularidad de la Consejería con competencias en la materia, a propuesta de una comisión cuya composición se determinará reglamentariamente.
Segundo. Mediante Decreto 10/2023, de 10 de febrero, se establecen las normas relativas a la Medalla al Mérito en Protección Civil y Mención de honor por colaboraciones especiales en situación de emergencia de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su procedimiento de concesión (DOE núm. 33, de 16 de febrero de 2023).
Tercero. Con fecha 11 de febrero de 2025, se constituyó la Comisión de Valoración regulada en el artículo 8 del citado decreto, órgano que en el ejercicio de las competencias atribuidas analizó las solicitudes presentadas en el plazo legalmente establecido, dejando constancia en el acta expedida al efecto y que consta en el expediente.
Cuarto. Con fecha 19 de marzo de 2025, se emite propuesta de resolución por la referida Comisión de Valoración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del citado Decreto 10/2023, de 10 de febrero.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para la concesión de la Medalla al Mérito en Protección Civil de Extremadura corresponde al Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del mencionado Decreto 10/2023, de 10 de febrero.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 10/2023, de 10 de febrero, la Medalla al Mérito en Protección Civil de Extremadura se concede en dos categorías, oro y plata, y tiene por objeto distinguir aquellas personas físicas o jurídicas que destaquen o sobresalgan por su actuación o actividad, dentro o fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ámbito de la protección civil y las emergencias.
La concesión de la Medalla al Mérito en Protección Civil de Extremadura, en sus categorías de oro y plata, es discrecional, y se efectuará en función de la valoración conjunta de los méritos y circunstancias establecidos en los artículos 4 y 5 del referido decreto.
Tercero. Tramitado el procedimiento previsto en los artículos 10 y siguientes del Decreto 10/2023, de 10 de febrero, y comprobado que las solicitudes presentadas cumplen los requisitos para la concesión de la citada distinción, la Comisión de Valoración ha elevado propuesta de resolución para la concesión de la Medalla al Mérito en Protección Civil de Extremadura, en su categoría de plata, a las personas físicas que se indican en la presente resolución.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 del decreto 10/2023, de 10 de febrero,
RESUELVO:
Primero. Conceder la Medalla al Mérito en Protección Civil, en su categoría de plata, a las personas físicas que se relacionan a continuación:
1. Barrantes Carretero, Juan Luis.
2. Berrocal Duque, César.
3. Casasola Rico, Luis Miguel.
4. Mateos Moreno, Serafín.
5. Quijada Perianes, César Gustavo.
Segundo. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 10/2023, de 10 de febrero.
Mérida, 25 de marzo de 2025.
El Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social,
ABEL BAUTISTA MORÁN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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