RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 177/2024, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Cáceres, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo.
DOE Número: 66
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 04 de abril de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Recurso. Emplazamiento.
Página Inicio: 18056
Página Fin: 18056
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TEXTO ORIGINAL
Ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Cáceres se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo con número de procedimiento abreviado 177/2024, promovido por D. Ignacio Paniagua Chaves contra la Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto frente a la Resolución de fecha 4 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se hace pública la relación definitiva de puntuación de méritos en el proceso selectivo de estabilización para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Diplomados Especialistas en Ciencias de la Salud en la categoría de Enfermero/a Especialista en salud mental en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, por el sistema excepcional de concurso, derivado de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de temporalidad en el empleo público para el año 2022.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, y dando cumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Cáceres, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles interesados en el mismo, para que puedan personarse ante dicho juzgado, si a su derecho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Mérida, 28 de marzo 2025.
El Director General de Recursos Humanos,
JOSÉ ANTONIO BOTE PAZ