ANUNCIO de 31 de marzo de 2025 sobre aprobación definitiva de Estudio de Detalle.
TEXTO ORIGINAL
Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Ceclavín de fecha 27 de marzo de 2025 por el que se aprueba definitivamente Estudio de Detalle.
Habiéndose aprobado definitivamente el siguiente Estudio de Detalle, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre:
Por este Ayuntamiento, se está tramitando la aprobación del siguiente Estudio de Detalle:
Tipo de instrumento
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Estudio de Detalle.
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Ámbito
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Intersección calles Vichuela y Alcázar, en suelo urbano, casco histórico.
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Instrumento que desarrolla
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Plan General Municipal.
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Objeto
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Modificación de alineación intersección calles Vichuela y Alcázar.
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Clasificación del suelo
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Suelo Urbano.
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Calificación del suelo
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Casco Histórico.
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A la vista de los siguientes antecedentes:
Documento
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Fecha/N.º
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Observaciones
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Redacción por parte de OTUDTS Mancomunidad Rivera de Fresnedosa del proyecto de Estudio de Detalle
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17-12-2024
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Registro 2024-E-RC-3748 y 3749 de 23-12-2024.
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Informe jurídico OTUDTS Mancomunidad Rivera de Fresnedosa
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18-12-2024
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Registro 2024-E-RC-3748 y 3749 de 23-12-2024.
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Providencia de Alcaldía
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09-01-2025
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Informe de Secretaría
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09-01-2025
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Resolución de Alcaldía de aprobación inicial
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10-01-2025
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Decreto 2025-0006
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Emplazamientos interesados
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10-01-2025
10-01-2025
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Juana Vidal Colombo.
Herederos de Mariano Amores Claros. Notificación infructuosa.
Publicación en BOE n.º47 de fecha 24-02-2025
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Anuncio periódico de mayor difusión
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18-01-2025
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El Periódico Extremadura.
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Anuncio DOE
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20-01-2025
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Número: 12
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Certificado de secretaría de las alegaciones
presentadas
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25-03-2025
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No se presentan alegaciones.
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Realizada la tramitación legalmente establecida, se propone al Pleno la adopción del siguiente:
ACUERDO:
Primero. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle descrito en los antecedentes.
Segundo. Depositar una copia del Estudio de Detalle en el Registro Único de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura con anterioridad a su publicación.
Tercero. Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura y en el Boletín Oficial de la Provincia [y en la sede electrónica del Ayuntamiento].
Cuarto. Notificar el presente acuerdo a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el Estudio de Detalle .
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Ceclavín, 31 de marzo de 2025. El Alcalde, ARTURO GONZÁLEZ MACÍAS.