ANUNCIO de 3 de abril de 2025 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba la primera convocatoria, ejercicio 2023.
TEXTO ORIGINAL
El artículo 22.2 del Decreto 27/2023, de 29 de marzo (DOE n.º 84, de 4 de mayo), por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba la primera convocatoria, determina que las subvenciones concedidas serán publicadas, además, en el Diario Oficial de Extremadura.
La publicación, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberá contener expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención y, de existir financiación con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación.
Así, las subvenciones concedidas en la primera convocatoria efectuada en el ejercicio 2023, y que se recogen en el anexo adjunto al presente anuncio, tienen como objeto, la financiación de inversiones destinadas a la trasformación y comercialización de productos agrícolas, dentro de las actuaciones incluidas en el Plan Estratégico de la Política Agraria Comunitaria de España 2023-2027, intervención 6842.2 - Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/ o desarrollo de productos agroalimentarios ; cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) -en un 75%-, la Junta de Extremadura y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
A través de estas inversiones, se contribuye a los siguientes objetivos específicos establecidos en el artículo 6 del Reglamento (UE)2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de2dediciembre de2021:
— Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad, en particular, haciendo mayor hincapié en la investigación, la tecnología y la digitalización. (OE2. Artículo 6.1. b).
— Promover el empleo, el crecimiento la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales, incluyendo la bioeconomía y la silvicultura sostenible. (OE8. Artículo 6.1. h).
El importe total consignado para esta primera convocatoria es de 40.000.000 de euros. El gasto derivado de las ayudas concedidas se imputa al centro gestor 120040000, proyecto 20230289, posición presupuestaria G/323C/77000, fondo FR23734202.
Mérida, 3 de abril de 2025. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria, JESÚS MIGUEL PÉREZ DURÁN.