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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de crédito entre anualidades y aplicaciones presupuestarias del Decreto 44/2023, de 3 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
DOE Número: 7
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 13 de enero de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Medio Ambiente. Subvenciones.
Página Inicio: 1559
Página Fin: 1561
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 699371.
Mediante el Decreto 44/2023, de 3 de mayo, se establecieron las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU, y se efectuaba la única convocatoria de las ayudas, siendo publicado en el DOE núm. 114, de 15 de junio de 2023.
De conformidad con lo previsto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el día 15 de junio de 2023 se publica, en el DOE número 114 de 15 de junio de 2023, el Extracto del Decreto 44/2023, de 3 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria. Línea 1 Subvenciones a municipios destinadas a mejoras de infraestructuras de gestión, difusión y uso público en áreas protegidas , cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es ) con la identificación 699371.
En el apartado octavo de la disposición adicional segunda del Decreto 44/2023, de 3 de mayo, relativa a la convocatoria de la Línea 1 Subvenciones a municipios destinadas a mejoras de infraestructuras de gestión, difusión y uso público en áreas protegidas , se establece la cuantía total de la ayuda convocada por un importe de 1.500.000,00 € y será financiada con cargo al proyecto de gasto 20230327 Mejora infraestructura de gestión, difusión y uso público en Áreas Protegidas , código fondo MR02C04I02, centro gestor 1800030000 y aplicaciones presupuestarias indicadas a continuación:
Anualidad 2023: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 0,00 €.
Anualidad 2024: 900.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 360.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 540.000,00 €.
Anualidad 2025: 600.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 240.000,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 360.000,00 €.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y en virtud del informe de la Comisión de Valoración de 29 de noviembre de 2024, se propone la concesión de ayudas por un importe total de 1.320.847,83 €, correspondiendo en su totalidad a entidades de la administración local para gastos en inversiones (concepto de gasto 760).
La distribución de las solicitudes por concepto presupuestario se ha realizado atendiendo a lo previsto en la Orden de 7 de septiembre de 2023 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
No obstante lo anterior, se ha observado la no existencia de créditos imputados al ejercicio 2026 en la citada convocatoria, si bien resulta imprescindible imputar gastos a esta anualidad.
Cabe destacar que mediante el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las competencias de la extinta Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad son asumidas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. Por este motivo, se modifica la codificación del centro gestor (Dirección General de Sostenibilidad) que pasa a disponer del valor de 120060000.
Habiéndose constatado que la distribución económica entre aplicaciones presupuestarias y anualidades no se ajusta a las necesidades de crédito para efectuar la concesión de ayudas a aquellos solicitantes que reúnen los requisitos para resultar beneficiarios de las subvenciones, se hace necesario modificar el expediente de gasto.
En este sentido, el apartado octavo de la disposición adicional segunda, relativa a la convocatoria del decreto, establece que la distribución entre aplicaciones presupuestarias es estimativa y podrá ser objeto de modificación de acuerdo con las vinculaciones establecidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura con el objeto de atender a las solicitudes por riguroso orden de prelación sin tener en cuenta el tipo de solicitante.
Por su parte, el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exige para la distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista, la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación de la distribución del crédito por anualidades prevista en la convocatoria del Decreto 44/2023, de 3 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria. Línea 1 Subvenciones a municipios destinadas a mejoras de infraestructuras de gestión, difusión y uso público en áreas protegidas y del apartado cuarto del extracto, referidos ambos a la distribución temporal y económica de la cuantía prevista para la ayuda, que deben quedar distribuidos del siguiente modo:
Anualidad 2024: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 0,00 €.
Anualidad 2025: 496.203,78 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 136.203,78 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 360.000,00 €.
Anualidad 2026: 1.003.796,22 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 1.003.796,22 €.
Mérida, 19 de diciembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ

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