RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 700/2024, de 24 de abril, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en el recurso de casación núm. 1286/2022.
TEXTO ORIGINAL
La sentencia n.º 150/2021, de 6 de octubre de 2021, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D.ª Silvia Martín Cuesta contra la Resolución dictada el 18 de febrero de 2021 por el Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud que desestimaba el recurso de reposición interpuesto por la misma contra la Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección Gerencia, por la que se hizo pública la relación definitiva de aprobados en el proceso selectivo convocado por Resoluciones de 18 de septiembre de 2017 y de 23 de febrero de 2018, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
Frente a dicha sentencia D.ª Silvia Martín Cuesta interpuso recurso de apelación n.º 220/2021 ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, que finalmente dictó la sentencia n.º 244/2021, de 23 de diciembre de 2021, desestimando dicho recurso de apelación y confirmando la sentencia 150/2021 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida.
Finalmente D.ª Silvia Martín Cuesta interpuso recurso de casación n.º 1286/2022 ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo frente a la sentencia n.º 244/2021 del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura habiéndose dictado la sentencia n.º 700/2024, de 24 de abril, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, que ha fallado estimar el citado recurso de casación interpuesto por D.ª Silvia Martín Cuesta contra la sentencia 244/2021, de 23 de diciembre de 2021, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, anulando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Dicha sentencia del Tribunal Supremo estima igualmente el recurso de apelación interpuesto por D.ª Silvia Martín Cuesta contra la sentencia n.º 150/2021, de 6 de octubre, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida revocando la misma, y finalmente estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D.ª Silvia Martín Cuesta contra la Resolución del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud de 18 de febrero de 2021 desestimatoria debiendo valorarse los servicios sanitarios prestados en la residencia de mayores Resister Bienestar ( Mama Margarita ).
Por tanto, de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente, esta Dirección Gerencia,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia n.º 700/2024, de 24 de abril, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo cuyo fallo literal es el siguiente:
1. Estimar el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de doña Silvia Martín Cuesta contra la sentencia de 23 de diciembre de 2021, dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el recurso de apelación n.º 220/2021, sentencia que casamos y anulamos.
2. Estimar el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña Silvia Martín Cuesta contra la sentencia de 6 octubre de 2021, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida en el recurso contencioso-administrativo n.º 107/2021, sentencia que revocamos.
3. Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de doña Silvia Martín Cuesta contra las resoluciones administrativas reseñadas en el encabezamiento de esta sentencia, declarando su derecho a que se le valoren los servicios sanitarios prestados en residencia de mayores Resister Bienestar ( Mama Margarita ).
4. En cuanto a las costas, estese a lo declarado en el último fundamento de Derecho .
Segundo. Otorgar a D.ª Silvia Martín Cuesta una puntuación de 1,080 puntos en el subapartado II.6 relativo a Servicios prestados en centros sanitarios privados, sean concertados o no, en la misma categoría y/o especialidad en su caso, a la que se opta del baremo de méritos, que sumados a los 0,100 que ya tenía en el apartado de experiencia profesional, suma un total en dicho apartado de 1,180 puntos, que añadidos a los 4,660 puntos del apartado de Formación ascienden a un total de 5,840 puntos en la fase de concurso.
Finalmente, la puntuación obtenida en el proceso selectivo tras sumar la fase de oposición (58,462 puntos) y la fase de concurso (5,840 puntos) suman un total de 64,302 puntos en el proceso selectivo.
Reconocer en base a lo anterior a D.ª Silvia Martín Cuesta su derecho a la adquisición de la condición de personal estatutario fijo en el proceso selectivo convocado por Resoluciones de 18 de septiembre de 2017 y 23 de febrero de 2018, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, al hallarse su nuevo número de orden de prelación derivado de la nueva puntuación total obtenida, dentro del número de plazas convocadas.
Tercero. Nombrar a D.ª Silvia Martín Cuesta, con DNI ***1165**, una vez comprobado que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria, personal estatutario fijo en el proceso selectivo convocado por Resoluciones de 18 de septiembre de 2017 y 23 de febrero de 2018, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, en plaza con destino en: Hospital de Coria.
Los efectos administrativos del presente nombramiento serán los mismos que le hubiesen correspondido en el caso haber tomado posesión según lo dispuesto en la resolución de 10 de marzo de 2021 de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales (DOE n.º 54, de 22 de marzo) por la que se nombró personal estatutario fijo a los aspirantes que superaron el proceso selectivo, es decir a partir del día siguiente a su publicación, y por tanto desde el 23 de marzo de 2021.
Cuarto. Disponer en base a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la conservación de los actos y trámites que no resulten afectados por la presente resolución.
Quinto. El aspirante nombrado deberá tomar posesión e incorporarse a la plaza adjudicada el próximo día 28 de abril de 2025. La toma de posesión se efectuará en la Gerencia del Área de Salud a la que esté adscrita la plaza adjudicada.
La falta de incorporación en el plazo referido, cuando sea imputable al interesado y no responda a causas justificadas, producirá el decaimiento de su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo, quedando sin efecto su nombramiento.
Sexto. En relación con las cuestiones que se deriven de la presente resolución, podrán los interesados promover el incidente que, en relación con la ejecución de sentencias se previene en el artículo 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 10 de abril de 2025.
El Director Gerente,
JESÚS VILÉS PIRIS