RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas en materias competencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia por el procedimiento de concesión directa en los ejercicios 2023 y 2024.
TEXTO ORIGINAL
La Ley 1/2008, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, crea el Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), como ente público sometido al Derecho Administrativo, con el fin de ejercer las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y desarrollo y coordinación de las políticas sociales de atención a personas con discapacidad y mayores.
Por su parte el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por los que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción a la Autonomía y Atención a la Dependencia, corresponde a éste la prestación de la atención a las personas con discapacidad y el desarrollo y ejecución de las políticas sociales de atención a las mismas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán órganos competentes para conceder las subvenciones los Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura, así como los presidentes o directores de los organismos o entidades de derecho público, de acuerdo con lo que se establezca en sus normas de creación.
Siendo así, en virtud del Decreto 146/2024, de 26 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), corresponde a la Dirección Gerencia las funciones de concesión de subvenciones, incluidas las subvenciones nominativas y de concesión directa (artículo 5.2.p).
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que podrán concederse de forma directa, sin convocatoria previa, las siguientes subvenciones: con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública .
En base a dicho artículo, por parte del SEPAD, se procedió a la concesión directa de una serie de subvenciones destinadas a financiar actividades relativas a materias competencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia en los ejercicios 2024 y 2025, procediéndose a dar publicidad a las mismas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2001, de 23 de marzo. Por todo ello,
RESUELVO:
Dar publicidad a las subvenciones concedidas por el procedimiento de concesión directa en materias competencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia, en los términos que a continuación se relacionan:
Proyecto financiado: Mi Casa: una vida en comunidad .
Aplicación presupuestaria: 110060000/G/232A/48000/TE23001001/20220497.
Entidad
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CIF
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Importe
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2023
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2024
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Plena Inclusión Don Benito
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G06008833
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393.919,68
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393.919,68
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Plena Inclusión Montijo
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G06013809
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393.919,68
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393.919,68
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Plena Inclusión Villafranca de los Barros
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G06194492
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393.919,68
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393.919,68
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Mérida, 14 de abril de 2025.
La Directora Gerente del SEPAD,
ESTRELLA MARTÍNEZ LAVADO