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RESOLUCIÓN de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se amplía el plazo de presentación de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, la concesión y pago de primera anualidad y el pago de la tercera anualidad, de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, para la campaña 2025/2026.
DOE Número: 77
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 23 de abril de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Política Agraria Comunitaria. Ayudas.
Página Inicio: 22079
Página Fin: 22080
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2023 de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común y la regulación de la solicitud única en el sistema de gestión y control, habilita a las Comunidades Autónomas en su artículo 108 a ampliar anualmente y siempre previa comunicación motivada al Fondo Español de Garantía Agraria, OA, el plazo de presentación de solicitud única en su ámbito territorial de actuación. Para el establecimiento de estos plazos, las comunidades autónomas habrán de tener en cuenta el plazo necesario para la obtención de todos los datos pertinentes para una correcta gestión administrativa y financiera de la ayuda, garantizando una programación eficaz y certera de los controles a realizar.
De conformidad con lo establecido por dicha normativa, el artículo 5.6 del Decreto 3/2025, de 21 de enero, por el que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación del Programa de Desarrollo Rural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores Productores integrados, General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica (DOE n.º 16, de 24 de enero de 2025), establece que el plazo para la presentación de la solicitud única se iniciará el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril de cada año.
Sin perjuicio de lo anterior, el párrafo tercero del artículo 5.6 dispone que la Dirección General competente en materia de Política Agraria Común, por medio de Resolución, que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura, podrá ampliar, anualmente y previa comunicación motivada al Fondo Español de Garantía Agraria, en adelante FEGA, el plazo de presentación de solicitud única. En todo caso se establece que el plazo de presentación de solicitudes no podrá concluir con posterioridad al 15 de mayo de la anualidad vigente.
Teniendo en cuenta lo anterior, para garantizar una correcta presentación y gestión de las ayudas, se entiende que en la presente campaña se dan circunstancias que aconsejan la ampliación del indicado plazo de presentación de la solicitud única en la Comunidad Autónoma de Extremadura, puesto que debido a las abundantes lluvias recibidas desde principios de año, las superficies de regadío no están en estado aceptable para el laboreo y siembra, lo que ha provocado que el ritmo de presentación de solicitudes por las entidades colaboradoras no sea el deseado.
Por lo expuesto, en virtud del artículo 4 del decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, esta Dirección General,
RESUELVE:
Ampliar el plazo de presentación de las solicitudes de la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, la concesión y pago de primera anualidad y el pago de la tercera anualidad, de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, para la campaña 2025/2026, hasta el día 15 de mayo de 2025, inclusive.
Este acuerdo no es susceptible de recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Mérida, 15 de abril de 2025.
El Director General de Política Agraria Comunitaria,
JUAN ELOY RODRÍGUEZ UCEDO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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