Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se regula el procedimiento para la adjudicación de destino a las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas convocadas, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, a plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el procedimiento de concurso-oposición.
DOE Número: 77
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 23 de abril de 2025
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Procesos selectivos. Adjudicación.
Página Inicio: 21980
Página Fin: 21989
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
En cumplimiento de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público, con fecha de 28 de julio de 2022, se aprobó por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el Acuerdo para el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura, negociado en Mesa Sectorial de Administración General y Comisión Negociadora para el personal laboral de 30 de junio de 2022 (Diario Oficial de Extremadura número 151, de 5 de agosto).
De conformidad con lo anterior, mediante Órdenes de 28 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Extremadura número 247, de 28 de diciembre), se convocaron, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el procedimiento de concurso-oposición.
Dichas Órdenes de convocatoria fueron modificadas por Órdenes de 17 de diciembre de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 247, 23 de diciembre) con dos objetivos. En primer lugar, garantizar que la temporalidad en el empleo público se redujera a un porcentaje no superior al 8 % del total de plazas estructurales, tal como se exige en el artículo 2.3 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Para ello se introdujeron limitaciones en la adjudicación de plazas, en el sentido de imposibilitar que los aspirantes puedan resultar adjudicatarios de más de una plaza objeto de estabilización por el sistema de concurso de méritos o concurso de oposición, con independencia de la naturaleza, cuerpo, grupo, especialidad o categoría de pertenencia.
En segundo lugar, para dotar a los procesos selectivos de la agilidad y eficacia posible se introdujeron, al amparo de la disposición adicional cuarta de la citada Ley, distintas medidas entre las que se incluye la relativa a la elección y adjudicación de puestos de trabajo, contemplando que la misma se efectuará mediante la presentación de una solicitud de forma telemática, en los términos y plazos que se establezca en la resolución que se dicte a tal efecto y que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
De conformidad con lo anterior, mediante Resoluciones de la Dirección General de Función Pública se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura las distintas relaciones de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público a plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el procedimiento de concurso-oposición.
La complejidad de proceso de estabilización en el ámbito general de la Junta de Extremadura como consecuencia, entre otros factores, de haber supuesto que se hayan desarrollado en paralelo dos procesos selectivos diferentes (el de concurso-oposición y el de concurso de méritos), el importante número de plazas convocadas o la diversidad de cuerpos, grupos, especialidades o categorías convocadas ha hecho que resulta imprescindible flexibilizar todo lo posible sus fases finales y su resolución.
De conformidad con ello, una vez que las personas seleccionadas en distintos cuerpos, grupos, especialidades o categorías han tenido la oportunidad de opción previsto en el apartado 7 de la base octava de la Orden de convocatoria, se considera necesario agilizar la adjudicación de puestos a las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas convocadas, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público a plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el procedimiento de concurso-oposición mediante la realización de un acto de elección de puestos en términos similares a los realizados en procesos selectivos anteriores.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, esta Dirección General de Función Pública, en virtud de las competencias atribuidas en material de personal por el Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal,
RESUELVE:
Primero. Convocar para que comparezcan al acto público de elección de plazas, donde se procederá a la elección de las mismas a las personas aspirantes incluidas en las relaciones de personas aspirantes que han superado las pruebas selectivas convocadas por Orden de 23 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el procedimiento de concurso-oposición.
No se convocan en ese acto de elección las siguientes categorías de personal laboral:
— Bombero/a Forestal Conductor/a.
— Técnico/a en Educación Infantil.
— ATE-Cuidador/a.
— Interprete de Lenguaje de Signos.
Tampoco tendrán que participar en el acto de elección las personas aspirantes seleccionadas por la especialidad de Subalterno del Cuerpo Subalterno por discapacidad intelectual, las categorías de Ordenanza por discapacidad intelectual, Encargado/a de Almacén y de Peón Especializado, especialidad Escogedor de Corcho, en las que se ha convocado una única plaza.
Segundo. El orden de adjudicación de las personas seleccionadas será el publicado en el anexo I de la resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se hizo pública la relación de personas aspirantes que superaron las correspondientes pruebas selectivas.
Los puestos a adjudicar serán los publicados en los anexos II de la citada resolución.
Tercero. El acto de elección de plazas se celebrará en la fecha, lugar y hora que se especifica en anexo I de la presente resolución.
Cuarto. Las personas aprobadas deberán concurrir personalmente, provistos del DNI u otro documento que acredite la personalidad de modo fehaciente, o por medio de representante debidamente autorizado al efecto, acreditando su personalidad de igual forma que las personas interesadas.
Aquellas que no comparezcan en dicho acto o aun compareciendo no hagan elección, se les asignará una plaza de las que resulten no adjudicadas.
Quinto. Para la realización del procedimiento de elección previsto en los apartados anteriores, se constituirá una Comisión compuesta por las personas que figuran en el anexo II de esta resolución.
El acto público de elección de plazas se sujetará a las siguientes normas:
1. Las personas aspirantes, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de trabajo, serán llamados atendiendo al orden que figura en el anexo I de la resolución de la Dirección General de Función Pública por la que se hizo pública la relación de personas aspirantes que superaron el correspondiente proceso selectivo.
No serán llamadas las personas aspirantes que hayan optado por otro cuerpo, grupo, especialidad o categoría. En el caso de las personas aspirantes que hayan sido seleccionadas en el mismo cuerpo, grupo, especialidad o categoría tanto por el procedimiento de concurso-oposición como por el sistema excepcional de concurso de méritos, únicamente serán llamadas en este acto en el caso de haber optado por el procedimiento de concurso-oposición.
2. Cada persona aspirante será llamada hasta un máximo de tres veces, quedando relegados a elegir plaza al final del acto quienes no atendieran a dicho llamamiento.
3. Cada persona aspirante o persona debidamente autorizada hará elección de plaza ante la Comisión, indicando el número de control de la misma, así como la localidad donde está ubicada, exhibiendo en este momento el documento que acredita su personalidad y, en su caso, la representación que ostente.
Cuando el puesto elegido esté identificado con la clave THM, acrónimo de trato habitual con menores, la persona aspirante deberá aportar en el mismo acto certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de no haber sido condenado por sentencia firme por alguno de los delitos a que se refiere el artículo 13.5 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor o conceder autorización a esta Administración para recabar el referido certificado. En caso de optar por la referida autorización se remitirá modelo que figura como anexo III a la siguiente dirección oposiciones@juntaex.es en el plazo de dos días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución, debiendo aportar el original de dicho anexo en el acto de elección de puestos.
Las personas aspirantes seleccionadas en las especialidades de Ingeniería Agrónoma y Veterinaria del Cuerpo de Titulados Superiores y de Ingeniería Técnica Agrícola del Cuerpo Técnico/a solo podrán elegir puestos que tengan como requisito Máster de Formación del Profesorado en el caso de haber acreditado estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica exigida, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.
Por la Comisión se comunicará en alta voz al resto de las personas interesadas la plaza elegida por cada una de las personas aspirantes antes de ser llamado el siguiente.
Sexto. Una vez finalizado el proceso de elección de plazas y a la vista de su resultado, que se hará público en el Diario Oficial de Extremadura, se formalizarán por esta Consejería los correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo, ordenándose su inscripción en el Registro General de Personal.
En el caso de que el puesto adjudicado estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada (cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada a los 64 años de un trabajador laboral fijo de esta Administración) la fecha de efectos de cese y de toma de posesión señalados anteriormente se fijarán a partir de la fecha de terminación del contrato temporal.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 21 de abril de 2025.
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

Otras Opciones

2025 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal