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ANUNCIO de 16 de abril de 2025 por el que se publica el acuerdo de inicio y trámite de audiencia de revocación de la ayuda a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura, presentadas al amparo del Decreto 7/2019, de 5 de febrero y Resolución de 20 de mayo de 2021, por la que se establece la convocatoria para el ejercicio 2021.
DOE Número: 80
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 28 de abril de 2025
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Explotaciones agrarias. Notificaciones.
Página Inicio: 23189
Página Fin: 23191
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El Decreto 7/2019, de 5 de febrero, establece las bases reguladoras y normas de aplicación del régimen de ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 27, de 8 de febrero). Mediante Resolución de 20 de mayo de 2021, se convocaron las ayudas a la creación de empresas para jóvenes agricultores y agricultoras en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2021 (DOE número 100, de 27 de mayo), acogidas al citado Decreto 7/2019.
El Decreto 7/2019, establece en su artículo 17, que para dotar de mayor efectividad a las comunicaciones con las personas solicitantes, los requerimientos de subsanación de solicitudes, la notificación de los trámites de audiencia, y de los puntos obtenidos y de las propuestas provisionales de resolución, se podrán efectuar mediante publicación de anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, que indicará el lugar y el medio utilizado en el que se encuentra expuesta la relación de interesadas afectadas, así como el acto de que se trate.
El artículo 26 del Decreto 7/2019 establece que, transcurrido el plazo establecido para la justificación sin haberse presentado la misma ante el órgano instructor, éste requerirá a la persona beneficiaria para que en el plazo improrrogable de quince días hábiles sea presentada a los efectos previstos en este artículo. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado, o la justificación insuficiente, llevará consigo la revocación de la resolución de concesión .
En los expedientes que se relacionan han transcurrido los plazos que se han citado y no se han presentado las correspondientes solicitudes de pago, por lo que se comunica a los interesados el acuerdo de inicio del procedimiento de revocación de las ayudas, y la apertura de un trámite de audiencia, adoptados mediante resolución del Director General de Política Agraria Comunitaria.
Se informa que podrán conocer dicho trámite de audiencia a través de la notificación individual tramitada mediante la plataforma LABOREO
https://laboreo.juntaex.es/
Igualmente se informa que podrán presentar la documentación requerida a través de la plataforma ARADO en la siguiente dirección web, siempre que dispongan de certificado digital o DNI electrónico.
https://aradoacceso.juntaex.es/
Mérida, 16 de abril de 2025. El Jefe del Servicio de Ayudas Estructurales, ANTONIO JESÚS PI PÉREZ.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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