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RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2025, de la Dirección General de Administración Local, por la que se aprueba la lista definitiva de alumnos que han superado los másteres en materia de Administración Local objeto del Convenio suscrito con fecha 25 de mayo de 2023, convocadas en la Resolución de 23 de octubre de 2024 (DOE de 30/10/2024, n.º 212), una vez valorados los méritos y fijado el orden de prelación correspondiente para participar en la incorporación a la lista de espera autonómica constituida para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para puestos de Subescala Secretaría-Intervención, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 8
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 14 de enero de 2025
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Funcionarios de Administración Local.
Página Inicio: 1895
Página Fin: 1896
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo previsto en la Resolución de 23 de octubre de 2024 de la Dirección General de Administración Local (publicada en el DOE núm. 212, de 30 de octubre), por la que se convoca proceso para la incorporación a la lista de espera autonómica constituida para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para puestos de Subescala Secretaría-Intervención, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los alumnos que hayan superado los másteres en materia de Administración Local objeto del Convenio suscrito con fecha 25 de mayo de 2023.
RESUELVE:
Primero. Declarar aprobada la relación definitiva de personas aspirantes que han superado los másteres en materia de Administración Local objeto del Convenio suscrito con fecha 25 de mayo de 2023 y que se incorporan a la lista de espera autonómica constituida para la provisión temporal, mediante nombramiento interino, de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, para puestos de Subescala Secretaría-Intervención, en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el orden de prelación establecido por la Comisión de Valoración en base a la calificación obtenida en el máster referenciado.
Segundo. En ningún caso la incorporación a la lista de espera autonómica generará vínculo laboral o relación administrativa alguna con la Dirección General de Administración Local, ni conllevará obligación alguna de contratación por parte de la administración autonómica.
Tercero. Proceder a la actualización de la lista autonómica con la integración de los nuevos candidatos conforme a los criterios establecidos en la Resolución de la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura de 28 de septiembre de 2021.
Cuarto. Disponer la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura y en la dirección electrónica:
https://www.juntaex.es/temas/administracion-publica/entidades-locales .
https://www.juntaex.es/w/0699424 .
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por el artículo 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, podrán interponerse, en los términos que se indican, los recursos siguientes:
Los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo correspondientes, en los términos de lo dispuesto en los artículos 8 y 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación del acto, conforme al artículo 46.1 de la citada ley. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquél, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponer.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su sede, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Mérida, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previsto en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
Mérida, 9 de enero de 2025.
El Director General de Administración Local,
PEDRO ROMERO GÓMEZ
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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