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DECRETO 28/2025, de 30 de abril, por el que se modifica el Decreto 236/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
DOE Número: 84
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 05 de mayo de 2025
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Rango: DECRETO
Descriptores: Estructuras orgánicas.
Página Inicio: 24230
Página Fin: 24232
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio (DOE n.º 140, de 21 de julio), por el que se modifican la denominación y las competencias de las consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, crea la Consejería de Cultura, Turismo Jóvenes y Deportes que ejercerá las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural, turismo, juventud y deportes, correspondiéndole también la competencia de Portavocía.
Mediante Decreto 77/2023, de 21 de julio (DOE n.º 145, de 28 de julio), se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el que se determinan, con carácter general, el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conforman la Presidencia de la Junta y las distintas Consejerías, estableciéndose en su disposición adicional tercera que en los decretos de estructura orgánica de Presidencia y de las distintas Consejerías, entre ellas la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, se detallarán, desarrollarán y se complementarán las funciones asignadas a cada órgano.
Así, el Decreto 236/2023, de 12 de septiembre, (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre) establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo Jóvenes y Deportes.
Tras la aprobación de la misma, por motivos de eficacia y para un adecuado ejercicio de las competencias que tiene atribuidas la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, se consi­dera necesario acometer la modificación de su estructura orgánica, con el fin de atender, coordinar e intensificar el trabajo que le corresponde desarrollar.
Con fecha 27 de abril de 2021, el Gobierno de España aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por el Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»), cuyo elemento central es el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes gestiona, en el ámbito de sus competencias, como entidad ejecutora de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia recursos por importe de 104 millones de euros, que representa aproximadamente el 12,5% del total de los fondos de Extremadura.
Por su parte, mediante el Decreto 20/2022, de 9 de marzo, se aprueba el Plan de Medidas contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se regula la estructura organizativa para su puesta en funcionamiento. Esta norma prevé en su artículo 7 que en cada Consejería existirá al menos una unidad con competencias transversales y con separación de funciones respecto de la gestión de las actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), de manera que puedan canalizarse de forma centralizada los expedientes de riesgo de fraude, corrupción o conflicto de intereses y realizar las tareas propias del control interno la entidad ejecutora.
La importante función de la Unidad de Control requiere que se reorganice la Secretaría General para que un Servicio concreto, asuma directamente, como responsable de la misma, el impulso y coordinación de las tareas de elaboración del plan de control y la mejora de los procedimientos que requiere la gestión de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, correspondiéndole al actual Servicio de Recursos Humanos y Asuntos Generales que pasará a denominarse Servicio de Recursos Humanos y Control de Fondos.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, a propuesta de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 30 de abril de 2025,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 236/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, en los siguientes términos.
Se modifica el apartado 2 del artículo 3, que queda redactado con el siguiente tenor, permaneciendo el resto de los apartados inalterados:
2. Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaría General se estructura en los siguientes órganos administrativos:
— Servicio de Contratación.
— Servicio de Gestión Económica, Planificación y Coordinación.
— Servicio de Recursos Humanos y Control de Fondos.
— Servicio de Régimen Jurídico y Tramitación.
— Servicio de Obras y Proyectos .
Disposición adicional primera. Modificación de la relación de puestos de trabajo.
Mediante orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública se procederá a modificar las correspondientes relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario a fin de adaptarla al contenido del presente decreto, de acuerdo con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.
Disposición adicional segunda. Cambio de denominación de puestos.
El puesto de trabajo con código 418, denominado Jefe/a de Servicio de Recursos Humanos y Asuntos Generales, adscrito a la Secretaría General, pasa a denominarse Jefe/a de Servicio de Recursos Humanos y Control de Fondos .
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente decreto.
Disposición final primera. No incremento del gasto público.
La aprobación de este decreto no supone incremento de gastos, pues la modificación del Servicio que se contempla supone exclusivamente un cambio de denominación de puesto que, además, se hará efectivo mediante la modificación de la correspondiente relación de puestos de trabajo de personal funcionario, de conformidad con el artículo 33.3 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Se autoriza a la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública a adoptar las medidas necesarias de asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales para hacer efectiva la estructura que se establece en el presente decreto, y a tal efecto podrá dictar las disposiciones pertinentes.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 30 de abril de 2025.
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA
La Presidenta de la Junta de Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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