RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2025, de la Secretaría General, relativa a la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de las ayudas destinadas a municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar la reparación de los daños causados por las abundantes lluvias acontecidas en el mes de marzo de 2025.
TEXTO ORIGINAL
Visto el estado de la tramitación de las solicitudes de las ayudas destinadas a los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar la reparación de los daños causados por las abundantes lluvias acontecidas en el mes de marzo de 2025, reguladas mediante el Decreto 22/2025, de 3 de abril, (DOE Extraordinario núm. 1 de 5 de abril de 2025) y en atención a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHOS:
Primero. El 5 de abril de 2025, el DOE Extraordinario número 1 publicó el Decreto 22/2025, de 3 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar la reparación de los daños causados por las abundantes lluvias acontecidas en el mes de marzo de 2025, y se aprueba la convocatoria única.
Segundo. Dado que las potenciales beneficiarias de la subvenciones contempladas en el citado Decreto, precisan de un mayor plazo para completar la solicitud y recabar los datos para cumplimentar toda la documentación necesaria a aportar junto a la misma, y con la finalidad de permitir la presentación del mayor número posible de solicitudes, mejorar la eficiencia y eficacia de la ejecución presupuestaria de fondos públicos previstos en esta única convocatoria, así como en base al interés general, se hace necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El artículo 7.1 del Decreto 22/2025, de 3 de abril, y el apartado quinto de la disposición adicional única del mencionado decreto, establecen un plazo de presentación de solicitudes de 1 mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 16.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, en su punto 1 permite a la Administración ampliar los plazos establecidos siempre que no exceda de la mitad del ya otorgado, que las circunstancias lo aconsejen y que no perjudiquen derechos de terceros.
El punto 3 del mismo artículo establece que la decisión sobre la ampliación deberá producirse antes del vencimiento del plazo de que se trate.
RESUELVE:
Primero. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado quinto de la disposición adicional única, del Decreto 22/2025, de 3 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a los municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para afrontar la reparación de los daños causados por las abundantes lluvias acontecidas en el mes de marzo de 2025, en 15 días hábiles a partir del vencimiento del que ya está vigente, fijando como último día del plazo para presentar solicitudes el día 27 de mayo de 2025.
Segundo. Publicar en el Diario Oficial de Extremadura la presente resolución, indicando que, de conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento.
Mérida, 2 de mayo de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL