ANUNCIO de 24 de abril de 2025 por el que se da publicidad a la Resolución de 24 de enero de 2025 por la que la que se ejecuta la Sentencia n.º 179/2024, de 2 de diciembre, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida en los autos de PA 172/2024.
TEXTO ORIGINAL
Ante el Juzgado Contencioso-administrativo n.º 2 de Mérida, se siguieron los autos de procedimiento abreviado n.º PA 172/2024, frente a la Resolución del Director General de Función Pública de 10 de junio de 2024, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por D.ª María Aída Cañadas Simón, contra la Resolución de 8 de marzo de 2024 que desestimó su reclamación contra el Certificado de servicios efectivos prestados emitido con ocasión de la Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se convoca proceso selectivo para el acceso a plazas vacantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
El 2 de diciembre de 2024 se dictó Sentencia favorable a la demandante, siendo el tenor literal de su fallo el siguiente: Que debo estimar y estimo el recurso contencioso-administrativo presentado contra la resolución identificada en el fundamento jurídico primero de la presente, declarando nula la misma por ser contraria a derecho, condenando a la Administración a que en el certificado de servicios prestados por la recurrente y que obra al acontecimiento 47 del expediente digital se recojan los correspondientes a la categoría de socióloga (grupo I), en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 19 de junio de 2021, ambos inclusive .
De conformidad con lo establecido en los artículos 20 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales recaídas en procesos relativos a materia de personal, en relación con el artículo 40 y 41 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, se llevó a cabo su ejecución, dictándose la Resolución de 24 de enero de 2025 del Director General de Función Pública, y en consecuencia se procedió a la modificación del Certificado de servicios prestados en el sentido fijado por el órgano jurisdiccional, con la introducción de los periodos señalados en la sentencia y a su cómputo, emitiéndose por el Registro General de Personal el oportuno certificado conforme a la sentencia.
Conforme a lo anterior y lo señalado en el artículo 9.3 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales se publica el presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 24 de abril de 2025. El Director General de Función Pública, DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO.