MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas para la participación agrupada en la Feria Anuga 2025, convocadas mediante Acuerdo de 15 de abril de 2025, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):828083
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura, número 80, de 28 de abril de 2025, el Extracto del Acuerdo del Consejero Delegado por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Feria Anuga para el ejercicio 2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es ) y en el Diario Oficial de Extremadura.
El artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinará el plazo de presentación de solicitudes, disponiendo el Decreto 137/2024 de 5 de noviembre 2024, para la realización de las siguientes acciones de promoción de carácter internacional, así como en el citado acuerdo, en su apartado sexto, punto dos, se indicaba, que: Los interesados podrán presentar las solicitudes en el plazo de 6 días hábiles a partir del día siguiente al que se publique la presente convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
https://doe.juntaex.es . Asimismo, el apartado cuarto de su correspondiente Extracto, indica que el plazo para la presentación de solicitudes será de 6 días hábiles, y se computará a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria y el presente extracto, en el Diario Oficial de Extremadura. Como consecuencia, el plazo inicial de presentación de solicitudes se inicia el día 29 de abril y finaliza el día 4 de mayo de 2025.
El artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, en su punto 1 permite a la Administración ampliar los plazos establecidos siempre que no exceda de la mitad del ya otorgado, que las circunstancias lo aconsejen y que no perjudiquen derechos de terceros. Iniciado el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas mencionada, y debido a los problemas técnicos surgidos, las entidades interesadas no han podido presentar solicitudes los días 29 y 30 de abril. En este aspecto , ante estas situaciones, el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas habilita: Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido . Teniendo en cuenta que la medida en que el servicio y sistema utilizado para la tramitación de los procedimientos y el ejercido de los derechos se han visto afectados, ante la imposibilidad de tramitar la solicitud para la obtención de dicha ayuda.
Por todo lo anterior se procede al anuncio de la ampliación del plazo de presentación de solicitudes en dos días hábiles, previsto en el Acuerdo del Consejero Delegado por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Feria Anuga para el ejercicio 2025 y en el apartado cuarto de su extracto, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 80, de 28 de abril de 2025.
Mérida, 2 de mayo de 2025. El Consejero Delegado, MIGUEL ÁNGEL MENDIANO CALLE.