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EXTRACTO de la Resolución de 24 de abril de 2025, por la que se aprueba la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa CRISOL FORMAS (Crisol-For+).
DOE Número: 86
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 07 de mayo de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Formación para el empleo. Subvenciones.
Página Inicio: 25082
Página Fin: 25084
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 829913
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el Extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Se efectúa la convocatoria del ejercicio 2025 de subvenciones de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa CRISOL-FORMAS (Crisol-For+), previstas, en el capítulo I y capítulo III del Decreto 40/2024, de 7 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa CRISOL-FORMAS (Crisol-For+) y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.
Segundo. Beneficiarias.
Las entidades privadas con personalidad jurídica propia que tengan entres sus fines u objeto social la promoción de empleo o la inserción sociolaboral y la formación, disponibilidad para la ejecución de las obras o servicios de utilidad pública o interés social a ejecutar en el ámbito territorial de la localidad del proyecto y presenten memoria-proyecto que se considere técnicamente viable por el Servicio Extremeño Público de Empleo conforme al artículo 23 del mencionado decreto.
Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede social o al menos algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 40/2024, de 7 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa CRISOL-FORMAS (Crisol-For+) y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.
Cuarto. Cuantía.
El importe global de esta convocatoria es de 3.900.000 euros, de los cuales 3.510.000 euros corresponden al ejercicio 2025 y 390.000 euros al ejercicio 2026, con cargo a los créditos del Servicio Extremeño Público de Empleo en el siguiente código presupuestario 20230070, Crisol Formación , fuente de financiación FS, con la siguiente distribución por aplicaciones y ejercicios presupuestarios:
Año 2025:
140130000 G/242B/47000 FS21422H02 20230070 668.572,00 euros.
140130000 G/242B/48000 FS21422H02 20230070 2.841.428,00 euros.
Año 2026:
140130000 G/242B/47000 FS21422H02 20230070 74.286,00 euros.
140130000 G/242B/48000 FS21422H02 20230070 315.714,00 euros.
El importe de la convocatoria con cargo a este proyecto de gasto está cofinanciada en un porcentaje del 85 % por el Fondo Social Europeo + con cargo al Programa Extremadura FSE + 2021-2027, Objetivo político 4 Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del pilar europeo de derechos sociales , dentro de la prioridad 2 Inclusión social y lucha contra la pobreza , Objetivo específico 4.8 “Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los colectivos desfavorecidos”, medida 2.H.2 “Programa de formación en alternancia con el empleo crisol formación. Línea II”..
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de un mes, a computar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).
Sexto. Condiciones de proyectos.
1. En virtud del artículo 14.4 del referido decreto, el número de participantes por proyecto será de 15.
2. Cuando el itinerario formativo del proyecto vaya dirigido a la obtención por las personas participantes de certificados profesionales, se deberá indicar en la solicitud de qué certificado o certificados se trata y la entidad promotora deberá estar acreditada e inscrita para ello en el Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura u registros de carácter similar de otras Comunidades Autónomas o de la Administración General del Estado o solicitar su acreditación con anterioridad a la finalización del plazo establecido para presentar la solicitud de subvención para el desarrollo del proyecto en la presente convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.
3. El trabajo efectivo consistirá en actividades de utilidad pública o interés social para las siguientes zonas del municipio dónde se actúa con el Programa CRISOL:
— Badajoz: Suerte de Saavedra, Zona Centro y Margen Derecha del Río Guadiana.
— Cáceres: Aldea Moret.
— Mérida: Margen Izquierda Río Guadiana y Juan Canet.
— Plasencia: La Data y San Lázaro-San Miguel.
— Don Benito: El Noke y La Piedad.
— Villanueva de la Serena: Plaza de Salamanca.
— Almendralejo: Viviendas de Promoción Pública.
Séptimo. Otros datos.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico www.juntaex.es/w/5874 , dentro de la ficha correspondiente al trámite, en la forma establecida en los artículos 4 y 34 del referido decreto.
A la solicitud se acompañará la documentación recogida en el artículo 35 del mencionado decreto por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa CRISOL-FORMAS (Crisol-For+) y la primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos.
Mérida, 24 de abril de 2025.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023 DOE núm. 180, de 19 de septiembre,
Nicolás Macías Manzanedo
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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