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RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 19 de febrero de 2025, en la que se acuerdan tablas salariales para el año 2025 del Convenio Colectivo de la empresa Lider Aliment, SA.
DOE Número: 90
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 13 de mayo de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios colectivos.
Página Inicio: 26258
Página Fin: 26260
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Visto el texto del Acta de 19 de febrero de 2025, de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la empresa Lider Aliment, SA - código de convenio 06100662012020 -, publicado en el DOE n.º 48, de 10 de marzo de 2023, en el que se acuerdan tablas salariales para el año 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, por el que se crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
Esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Ordenar la inscripción de la citada acta en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 30 de abril de 2025.
La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA
En Zafra, 19 de febrero de 2025
REUNIDA LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE LIDER ALIMENT, SA
De una parte D. Óscar Marín García, con DNI ***7635** en representación de la empresa Lider Aliment, SA, y miembro de la Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo Lider Aliment, SA.
De una parte Dña. Consolación Bueno Alemán, provista de DNI ***6460** en representación de la empresa Lider Aliment, SA, y miembro de la Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo Lider Aliment, SA.
De otra parte D. José Antonio Diez García provisto de DNI ***8356** como representante legal de los trabajadores de la empresa Lider Aliment, SA, y miembro de la Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo Lider Aliment, SA.
De otra parte Dña. M.ª Jesús Rayego Calderón, provista de DNI ***6386** como representante legal de los trabajadores de la empresa Lider Aliment, SA, y miembro de la Comisión Paritaria del III Convenio Colectivo Lider Aliment, S.A.
ACUERDAN
Primera. Incrementos salariales.
El artículo 24 del convenio colectivo de Lider Aliment, SA, establece:
Cuando se conozcan los resultados de beneficios/ventas para la aplicación de la subida salarial en función de haber o no alcanzado el mínimo establecido, la Comisión Paritaria procederá, si corresponde, a confeccionar la tabla de los Salarios Base, y una vez actualizada la remitirá a la Dirección General de Trabajo para su registro y publicación en el DOE .
Segunda. Revisión conceptos retributivos.
Anexo II. La tabla salarial del Salario Base para el año 2025 (Anexo II), quedan confeccionadas como a continuación:
Artículo 16. Plus de Convenio. El Plus de Convenio para el año 2025 será de 851,23 euros anuales, que se abonará a los trabajadores en doce mensualidades de importe 70,94 euros/mes, como se especifica en el Anexo II
Artículo 29. Trabajo en domingos y/o festivos. Los trabajadores que, no habiendo sido contratados específica y preferentemente para trabajar tales días, presten sus servicios en los mismos, tendrán derecho a percibir un complemento de 16,85 euros/hora para 2025.
Artículo 35. Póliza de accidentes. La empresa dispondrá de una póliza de accidente individual o colectivo que cubra las contingencias de muerte e invalidez permanente con las siguientes cuantías.
— Gran Invalidez: 25.784,61 euros.
— Invalidez Permanente Absoluta: 25.784,61 euros.
— Invalidez Permanente Total: 25.784,61 euros.
— Invalidez Permanente Parcial: 10.343,92 euros.
— Muerte por Accidente: 28.401,15 euros.
— Muerte Natural: 7.773,49 euros.
Tercera. Designación para la presentación a la dirección general de trabajo, registro y publicación.
La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Lider Aliment, SA, acuerda designar y autorizar a D. Óscar Marín García, con DNI ***7635** a presentar el referido Acuerdo ante el RegCon para su publicación en el DOE.
En Zafra, 19 de febrero de 2025
ÓSCAR MARÍN GARCÍA
M.ª JesÚs Rayego Calderón
CONSOLACIÓN BUENO ALEMÁN
Jose Antonio Diez Garcia
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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