EXTRACTO del Decreto 158/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de la experiencia piloto del Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía y su convocatoria única.
TEXTO ORIGINAL
BDNS (Identif.): 806519.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Se aprueba la convocatoria única de subvenciones para la financiación de la realización de la experiencia piloto del Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias según las condiciones recogidas en las bases reguladoras: las agrupaciones de una entidad promotora y una o varias empresas adheridas, que presenten una solicitud conjunta, mediante un convenio que acredite la correspondiente agrupación, en el que se recojan los compromisos de ejecución asumidos por cada entidad miembro de la agrupación, así como, en su caso, el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 158/2024, de 17 de diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la realización de la experiencia piloto del Programa de formación y empleo para personas desempleadas en el sector de la artesanía y su convocatoria única.
Cuarto. Importe de la convocatoria.
1. El importe global de esta convocatoria es de 1.800.000 euros, con cargo al ejercicio 2025 y a la aplicación presupuestaria 140130000 G/242A/48000 TE24007004 20240573, fuente de financiación TE.
2. El importe individualizado de cada subvención estará formado por la suma de los módulos de formación, de experiencia laboral y de gestión y acompañamiento según se establece en el artículo 29 del Decreto 158/2024, de 17 de diciembre.
3. La presente convocatoria queda condicionada de forma suspensiva a la existencia de crédito adecuado y suficiente, al tramitarse de forma anticipada, de acuerdo con lo previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para presentar solicitudes será de diez días hábiles, a computar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ).
Sexto. Otros datos.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico www.juntaex.es/w/0711624 , dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud.
Mérida, 30 de diciembre de 2024.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución de 14 de septiembre de 2023 (DOE n.º 180, de 19 de septiembre),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO