MODIFICACIÓN del Extracto de la convocatoria incorporada al Decreto 14/2025, de 25 de marzo, por el que se establecen y regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se aprueba la primera convocatoria para la campaña 2025.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 824959
En el DOE núm. 67, de 7 de abril de 2025, se publicó el Decreto 14/2025, de 25 de marzo, por el que se establecen y regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se aprobaba la primera convocatoria para la campaña 2025.
El artículo 7 de este decreto establecía que las solicitudes se podrían presentar de forma individual o colectiva en un plazo mínimo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) de la convocatoria y del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El cierre de plazo de presentación de solicitudes disponía la convocatoria que no podría ser posterior al 30 de abril, para el correcto cumplimiento de la fecha de comunicación de necesidades de financiación del ejercicio siguiente.
Así mismo, se comunicaba que la solicitud y documentación necesaria se presentaría a través de Sede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso General Electrónico, en el caso de las ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en la dirección https://www.juntaex.es/w/0613422 ; dentro de la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud.
No obstante, el 28 de abril de 2025 se produjo una caída del sistema eléctrico en todo el territorio español peninsular. Dado que las comunicaciones y presentaciones de solicitudes a realizar dependen necesariamente del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones, debido a los efectos del apagón, conviene ampliar estos plazos hasta el 6 de mayo de 2025.
Por lo expuesto en aplicación lo establecido en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que prevé la ampliación de plazos y términos en el ámbito de actuación de las Administraciones Públicas, ante la existencia de una incidencia técnica que ha imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema, mediante Resolución de la Secretaria General de la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de fecha 2 de abril de 2025, se amplió el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, para la campaña 2025, hasta el día 6 de mayo de 2025 inclusive.
Por lo expuesto, se procede a modificar, el extracto de la convocatoria incorporada al Decreto 14/2025, de 25 de marzo, por el que se establecen y regulan las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se aprueba la primera convocatoria para la campaña 2025, quedando redactado en los siguientes términos:
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 6 de mayo de 2025 inclusive .
Mérida, 9 de mayo de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ