ANUNCIO de 8 de mayo de 2025 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2025.
TEXTO ORIGINAL
Visto que, por Acuerdo del Pleno de fecha 17 de marzo de 2025 se aprobó, juntamente con el presupuesto municipal, la plantilla y relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento para el año 2025, siendo publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 85, de fecha 7 de mayo de 2025.
Visto que en la citada plantilla y correspondiente relación de puestos de trabajo figura vacante y dotada presupuestariamente una plaza, cuya cobertura se considera necesaria en el presente ejercicio para el buen funcionamiento de los servicios municipales.
Visto el informe de Intervención en el que se especifica el resultado del cálculo de la tasa de reposición y las plazas vacantes que podrían ser objeto de Oferta Pública de Empleo y se verifica el cumplimiento de la legalidad y normativa aplicable.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la Oferta de Empleo Público 2025 de este Ayuntamiento para el año 2025, que contiene el siguiente puesto de trabajo:
Personal funcionario.
Funcionario de carrera:
Grupo
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Subgrupo
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Clasif.
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N.º Vacantes
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Denominación
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Sistema de acceso
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C
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C1
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Escala de Administración Especial. Subescala Servicios Especiales
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1
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Agente de Policía Local
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Libre
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Segundo. Publicar la aprobación de la Oferta de Empleo Público 2025 en el tablón de anuncios de la corporación, así como en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Tercero. Convocar la plaza ofertada en ejecución de la presente aprobación de la Oferta de Empleo Público 2025 dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde su fecha de publicación.
Lo que se hace público, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70.2 del texto refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente o recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación , ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas , o recurso contencioso administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que considere pertinente .
La Coronada, 8 de mayo de 2025. El Alcalde, CRISTIAN MALDONADO MUÑOZ.